Investigar 3 sindicatos de trabajadores que sean de jurisdicción federal, 3 sindicatos de trabajadores de jurisdicción local y 3 sindicatos de patrones de cualquier jurisdicción y citar los nombres.
LFT art. 356.- sindicato es la asociación de trabajadores o patrones, constituida paara el estudio, mejoramiento y defensa de sus respecivos intereses.
JURISDICCIÓN FEDERAL: -Sindicato de Trabajadores Ferrocarrileros dela República Mexicana. -Sindicato Nacional de las Casas Distribuidoras de Petróleo. -Sindicato de la Tabacalera Mexicana.
JURISDICCIÓN LOCAL: -Sindicato Único de Trabajadores de la Música del D.F. -Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Nuclear. -Sindicato de Trabajadores de la Construcción.
SINDICATOS DE PATRONES: -Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social. -Sindicato Nacional de Trabajadores de Transporte Colectivo Metro. -Sindicato Independiente de Trabajadores de la Volkswagen.
Localización: Novena Época Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta XXIX, Abril de 2009 Página: 1964 Tesis: III.1o.T.103 L Tesis Aislada Materia(s): laboral
SINDICATOS. TRATÁNDOSE DE AQUELLOS DE COMPETENCIA FEDERAL, SÓLO PUEDEN INTEGRARLOS OPERARIOS DE FUENTES DE TRABAJO CUYAS ACTIVIDADES SE ENCUENTREN INCLUIDAS DENTRO DE ALGUNA DE LAS RAMAS INDUSTRIALES, DE SERVICIOS O EMPRESAS QUE SE ENLISTAN EN LOS INCISOS A) Y B) DE LA FRACCIÓN XXXI DEL APARTADO "A" DEL ARTÍCULO 123 CONSTITUCIONAL.
Acorde con la distribución competencial entre los Estados y la Federación, establecida por el artículo 123 constitucional, apartado "A", fracción XXXI, incisos a) y b), el artículo 365 de la Ley Federal del Trabajo, estatuye que los sindicatos deben registrarse en la Secretaría del Trabajo y Previsión Social en los casos de competencia federal y en las Juntas de Conciliación y Arbitraje los de competencia local. En consecuencia, si a un sindicato se le otorga el registro federal, el actuar de dicho sindicato, no puede, legalmente, incluir a otros sectores cuya competencia, por exclusión, corresponde al ámbito local, toda vez que, para que un sindicato pueda considerarse de competencia federal, acorde con la distribución atinente, prevista en la Carta Magna, es necesario que las actividades de sus miembros se encuentren incluidas dentro de alguna de las ramas industriales, de servicios o empresas que se enlistan en los incisos a) y b) de la fracción XXXI del apartado "A" del artículo 123 constitucional, en tanto que, de no acontecer lo anterior, dicho sindicato sería de competencia local. Estimar lo contrario, haría inútil la disposición de la Ley Federal del Trabajo, que reconoce la diferencia entre sindicatos de competencia federal y local, al disponer que deben registrarse en la Secretaría del Trabajo y Previsión Social los primeros, y en las Juntas de Conciliación y Arbitraje los segundos, ya que si los de competencia federal, pudieran incluir a otros sectores cuya competencia corresponde al ámbito local, y viceversa, ningún objeto práctico tendría prever tal diferencia.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL TERCER CIRCUITO.
Amparo en revisión 189/2008. Sindicato Revolucionario de Trabajadores del Comercio en General de la República Mexicana. 18 de marzo de 2009. Unanimidad de votos. Ponente: Alfonsina Berta Navarro Hidalgo. Secretario: Omar Espinoza Hoyo.
SINDICATOS LOCALES NOMBRE: UNION DE TRABAJADORES DE RESTAURANTES, BARES, HOTELES, CENTROS NOCTURNOS, CENTROS DEPORTIVOS, RECREATIVOS Y SOCIALES DEL D.F. REG. NO. 956
NOMBRE UNION MEXICANA DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA AUTOMOVILISTICA DEL D.F. REG. NO. 1142
NOMBRE UNION MEXICANA DE EMPLEADOS Y TRABAJADORES DE LA ASITENCIA MEDICA EN EL DISTRITO FEDERAL. REG. NO. 2120
NOMBRE UNION DE OBREROS Y EMPLEADOS DE LA INDUSTRIA AUTOMOVILISTICA Y SIMILARES DEL DISTRITO FEDERAL. REG. NO. 390
SINDICATOS FEDERALES -SINDICATO NACIONAL DE LAS INDUSTRIAS PAPELERA, CARTONERA, MADERERA, CELULOSAS, SUS MATERIAS PRIMAS, SIMILARES Y CONEXOS DE LA R.M.- (C.T.M.) -SINDICATO REVOLUCIONARIO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA QUÍMICA, SIMILARES Y CONEXOS DE LA R. M. -SINDICATO UNIDAD Y PROGRESO DE LA INDUSTRIA DE LA TRANSFORMACIÓN DEL ACERO PARA PRODUCTOS TUBULARES Y SUS DERIVADOS DE LOS TRABAJADORES EN GENERAL DE LA FÁBRICA DE TUBOS DE ACERO DE MÉXICO, S.A -SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL CEMENTO, CAL, ASBESTO, YESO, ENVASES Y SUS PRODUCTOS SIMILARES Y CONEXOS DE LA R.M.- (C.T.M.). -SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA NUCLEAR.
SINDICATOS PATRONALES
-CONFEDERACION PATRONAL DE LA REPUBLICA MEXICANA, CENTRO EMPRESARIAL DE QUINTANA ROO -SINDICATO DE TRANSPORTE URBANO DEL ESTADO DE JALISCO -CENTRO EMPRESARIAL DE PUEBLA, S.P. -CONFEDERACION NACIONAL DE ORGANIZACIONES GANADERAS
Sindicatos de trabajadores de Jurisdicción Federal: 1)SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA QUIMICA, PETROQUIMICA, CARBOQUIMICA, GASES, SIMILARES Y CONEXOS DE LA REPUBLICA MEXICANA. 2)SINDICATO INDUSTRIAL DE OBREROS Y OBRERAS DE LA INDUSTRIA TEXTIL, ANEXAS Y CONEXAS DE LA REPUBLICA MEXICANA. 3)SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA AZUCARERA Y SIMILARES DE LA REPUBLICA MEXICANA. Sindicatos de trabajadores de jurisdicción Local: 1)SINDICATO DE MOLINEROS DEL DISTRITO FEDERAL. 2)SINDICATO DE OBREROS ESTIBADORES, CARRETILLEROS, ALIJADORES, CARGADORES, CHECADORES AMARRADORES Y DESAMARRADORES DE BUQUES DE PUERTO MADERO, CHIAPAS. 3)SINDICATO DE OBREROS Y CAMPESINOS DEL INGENIO "CONSTANCIA" (VERACRUZ). Sindicatos de patrones: 1)UNION DE PATRONES PRACTICOS DE COSTA, MARINEROS, MOTORISTAS, FOGONEROS Y PESCADORES DEL PUERTO DE ENSENADA, C.R.O.M.
SINDICATOS DE JURISDICCIÓN FEDERAL 1. Unión Nacional de Organizaciones Regionales Campesinas Autónomas (UNORCA) 2. Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Nuclear (SUTIN) 3. Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social (SNTSS)
SINDICATOS DE JURISDICCIÓN LOCAL 1. Sindicato Único de Trabajadores de Maderas Conglomeradas 2. Sindicato de Empresa de la Fábrica de Jabón, Aceites y Detergentes "La Corona" S.A. de C.V. 3. Sindicato Metropolitano de Trabajadores del Sistema Metro
SINDICATOS DE PATRONES 1. Cámara Nacional de la Industria de Restaurantes y Alimentos Condimentado (CANIRAC) 2. Cámara Nacional de la Industris de Transformación (CANACINTRA) 3. Centro Empresarial de Puebla S.P. COPARMEX Puebla
De acuerdo a la siguiente tésis aislada los patrones no pueden intervenir en los sindictos de los trabajadores: Localización: Novena Época Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta XXVII, Mayo de 2008 Página: 1164 Tesis: I.6o.T.380 L Tesis Aislada Materia(s): laboral
SINDICATOS DE TRABAJADORES. LOS PATRONES NO TIENEN DERECHO A INMISCUIRSE EN EL PROCEDIMIENTO DE SU REGISTRO, PORQUE ÉSTE SOLAMENTE INTERESA A LOS EMPLEADOS.
De los artículos 365 a 370 de la Ley Federal del Trabajo no se advierte que los patrones tengan injerencia en la formación de sindicatos que sus trabajadores constituyan o en las decisiones tomadas para su integración; y sí por el contrario, el numeral 133, fracciones V y VII, del citado ordenamiento les prohíbe intervenir en el régimen interno del sindicato y ejecutar cualquier acto que restrinja a los trabajadores los derechos que les otorgan las leyes; consecuentemente, los patrones no tienen derecho a inmiscuirse en el procedimiento de registro sindical de sus subordinados, ya que solamente interesa a los empleados.
SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Amparo en revisión 26/2008. Procuraduría General de la República, por conducto del Director de Juicios Federales de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de esa institución. 6 de marzo de 2008. Unanimidad de votos. Ponente: Genaro Rivera. Secretario: José Antonio Márquez Aguirre.
SÁNCHEZ GARCÍA EDITH SINDICATOS DE TRABAJADORES DE JURISDICCIÓN FEDERAL
SINDICATO NACIONAL DE OPERADORES Y TRABAJADORES EN GENERAL DE AUTOTRANSPORTES TERRESTRES EN LA REPUBLICA MEXICANA. Entidad Federativa: AGUASCALIENTES Secretario General: VALENZUELA ORONA GUILLERMO Socios: 3366 Fecha de Vigencia: 21/12/2010 SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA CENTRAL CAMIONERA DE AGUASCALIENTES, AGUASCALIENTES Entidad Federativa: AGUASCALIENTES Secretario General: GONZALEZ GONZALEZ JOSE ALFREDO Socios: 46 Fecha de Vigencia: 20/08/2015 SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA ALIMENTOS, VITIVINICOLA BEBIDAS ENVASADAS, ENLATADAS, EMPACADAS, SIMILARES Y CONEXAS DE LA REPUBLICA MEXICANA Entidad Federativa: AGUASCALIENTES Secretario General: GONZALEZ GONZALEZ JOSE ALFREDO Socios: 852 Fecha de Vigencia: 20/10/2011
SINDICATOS DE TRABAJADORES DE JURISDICCIÓN LOCAL
UNION SINDICAL DE OBRERAS Y EMPLEADAS DE LA INDUSTRIA CORSETERA Y SIMILARES DEL DISTRITO FEDERAL. Entidad Federativa: NIZA N. 77-402, COL. JUAREZ, D. F. Secretario General: LEONEL CISNEROS SANCHEZ. Socios: 81 SINDICATO DE OBREROS MARMOLISTAS DEL DISTRITO FEDERAL. Entidad Federativa: CALLE 32, N. 406, COL. PORVENIR, D. F. Secretario General: LUCIO LEON RAMOS. Socios: 22 UNION DE OBREROS DE ARTES GRAFICAS DE LOS TALLERES COMERCIALES SIMILARES Y CONEXOS. Entidad Federativa: AEROS N. 22, COL. GUERRERO, DEL. CUAUHTEMOC, MÉXICO, D. F. Secretario General: NICOLAS LUNA ESPEJEL. Socios: 3931
SINDICATOS PATRONALES
Confederación Patronal de la República Mexicana, S.P. COPARMEX: Cámara Nacional de la Industria de Transformación. CANACINTRA. Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo. CONCANACO
SÁNCHEZ GARCÍA EDITH CON MOTIVO DE MI PARTICIPACIÓN EXTRA COMPARTO LA SIGUIENTE JURISPRUDENCIA Registro No. 188493 Localización: Novena Época Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta XIV, Octubre de 2001 Página: 1193 Tesis: I.1o.T.125 L Tesis Aislada Materia(s): laboral SINDICATOS. COMPETENCIA DE LA AUTORIDAD LOCAL PARA SU REGISTRO, CUANDO SUS MIEMBROS PRESTAN SERVICIOS EN EMPRESAS DE DOS ENTIDADES FEDERATIVAS.
La circunstancia de que un sindicato esté integrado por trabajadores que presten sus servicios en dos empresas establecidas en distintas entidades federativas, no es suficiente para que su registro les deba ser otorgado por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, ya que no se está en el caso de que estén sujetos a la competencia de las autoridades federales, por más que el artículo 527 de la Ley Federal del Trabajo determine, en su último párrafo, que corresponde a esas autoridades el conocimiento de conflictos que afecten a dos o más entidades federativas, ya que en el caso no ocurre esa situación, porque esos conflictos sólo podrán singularizarse con una de las empresas, quedando sujetos, por ende, a las autoridades locales de la entidad federativa correspondiente.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Amparo en revisión 19/81. J. Isabel Mendoza y coags. 30 de junio de 1981. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Enrique Mota Aguirre. Secretario: José Manuel Tapia Acebrás.
Amparo en revisión 581/2001. Asociación "Presidente Carranza" de Empleados del Comercio, Agencias, Instituciones y Empresas de Servicios en General, Actividades Complementarias, Similares y Conexos de la República Mexicana. 31 de mayo de 2001. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Rafael Olivera Toro y Alonso. Secretaria: Miryam Nájera Domínguez.
SINDICATOS FEDERALES. 1.-Sindicato Federal Tabacalero. 2.-Sindicato Federal Ferroviario. 3.-Sindicato Federal de Correos y Telegrafos.
SINDICATOS LOCALES. 1.-Sindicato Revolucionario de Trabajadores de la Industria del papel, Artes Gráficas, Editorial e Imprentas del D.F. 2.-Sindicato Único Independiente de Trabajadores del Colegio de Bachilleres de San Luis Potosí. 3.-Sindicato Único de Trabajadores y Empleados de la Universidad Autónoma del Estado de México.
SINDICATOS PATRONALES. 1.-Sindicato Único de Patrones Publicistas de México. 2.-Confederación Patronal de la República Mexicana. 3.-Asociación Nacional de la Industria y la Transformación.
1. Sindicato de Trabajadores Ferrocarrileros de la República Mexicana 2.Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana (STPRM) 3.Sindicato Mexicano de Electricistas (SME)
Locales:
1. Sindicato de Banamex 2. Sindicato de Empleados de BBVA Bancomer 3. Sindicato de Trabajadores de Banco Santander Mexicano
De Patrones:
1.Sindicato único de la industria de juguetes y artículos plásticos y conexos del distrito federal. 2.Sindicato de empresa operadora sumesa, s. a. de c. v. 3.Sindicato de empresas de super mercados, tiendas de autoservicio, oficinas y bodegas comerciales y conexos en el distrito federal.
Localización: Quinta Época Instancia: Primera Sala Fuente: Semanario Judicial de la Federación XCVI Página: 669 Tesis Aislada Materia(s): laboral
SINDICATOS PATRONALES QUE CONSTITUYEN EMPRESAS.
No es de tomarse en consideración lo alegado en el sentido de que indebidamente se consideró por la autoridad sentenciadora, que el sindicato patronal quejoso constituye una empresa y, como tal, es responsable de los actos de los choferes que prestan sus servicios en los camiones de la propiedad de los agremiados; porque el sindicato patronal quejoso debe considerarse como empresa, ya que a su formación cooperan individuos que han aportado parte de sus intereses jurídicos y económicos, existe unidad en la dirección del sindicato, y el mismo procura un fin único y común a sus agremiados, características éstas que si no son exhaustivas de lo que jurídicamente debe entenderse por empresa, sí constituyen elementos muy principales.
Amparo penal directo 8970/45. Sindicato Patronal de la Línea de Autocamiones "Circuito Circunvalación". 23 de abril de 1948. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
- SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES TEXTILES DE MEXICO
- SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA CINEMATOGRAFICA, SIMILARES Y CONEXOS DE LA REPUBLICA MEXICANA
- SINDICATO DE TRABAJADORES DE LAS INDUSTRIAS PAPELERA, CARTONERA, MADERERA, CELULOSAS, SUS MATERIAS PRIMAS, SIMILARES Y CONEXOS DE LA REPUBLICA MEXICANA
Jurisdicción Local:
- FEDERACION REVOLUCIONARIA DE OBREROS Y CAMPESINOS DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES
- SINDICATO INDUSTRIAL DE TRABAJADORES DEL AUTOTRANSPORTE "PRIMERO DE MAYO" DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA NORTE, C.R.O.C.
- SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES EN GENERAL DE LA INDUSTRIA DE LA LECHE, SUS DERIVADOS, CONEXOS Y SIMILARES DE LA REPUBLICA MEXICANA
De Patrones:
- UNION DE PATRONES PRACTICOS DE COSTA, MARINEROS, MOTORISTAS, FOGONEROS Y PESCADORES DEL PUERTO DE ENSENADA, C.R.O.M.
-CONFEDERACIÓN PATRONAL DE LA REPUBLICA MEXICANA.
SINDICATO UNICO DE PATRONES PUBLICISTAS DE MÉXICO.
Sindicatos Federales: 1.- Sindicato Único de Trabajadores de la Compañía Hulera Good Year Oxo S.A. 2.- Sindicato de Trabajadores y Empleados de la Industria Hulera de la República Mexicana. 3.- Sindicato Nacional de Trabajadores de la Industria Metalurgica y Similares. Sindicatos Locales: 1.- Sindicato de Trabajadores de la Industria del Gas, Equipos Similares y conexos de la República Mexicana. 2.- Sindicato de Trabajadores de la Industria del Transporte de México. 3.- Sindicato Único de Trabajadores del Volante y Similares de la República Mexicana. Sindicatos de Patrones: 1.- Confederación Nacional de la República Mexicana COPARMEX. 2.- Confederación de Cámaras Industriales. 3.- Centro Empresarial de Puebla S.P. COPARMEX Puebla
Novena Época No. Registro: 181431 Instancia: Segunda Sala Jurisprudencia Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta XIX, Mayo de 2004 Materia(s): Laboral Tesis: 2a./J. 56/2004 Página: 595
SINDICATOS. SÓLO PUEDEN CONSTITUIRSE POR TRABAJADORES EN ACTIVO O POR PATRONES, Y PARA EFECTOS DE SU REGISTRO DEBE DEMOSTRARSE LA CALIDAD DE SUS AGREMIADOS. De los artículos 123, apartado A, fracción XVI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 8o. y 10 de la Ley Federal del Trabajo, que definen los conceptos de trabajador y patrón, así como 356, 357, 360, 361 y 364 de esta última legislación, deriva que la representación de los sindicatos de obreros o de patrones debe ser real y auténtica, respecto de los intereses cuyo estudio, mejoramiento o defensa se pretende, por lo que los sindicatos sólo pueden constituirse, según sea el caso, por trabajadores en activo o patrones, pues considerar lo contrario, llevaría al extremo de hacer posible que cualquier grupo de personas integrado por el número mínimo de miembros previsto en el último numeral citado, pueda constituir un sindicato de obreros o de empresarios, sin tener ese carácter, lo que se traduciría en la imposibilidad de cumplir real y efectivamente con la finalidad que orienta el nacimiento de esas agrupaciones, razón por la que para efectos del registro de las citadas agrupaciones ante la autoridad de trabajo correspondiente, debe acreditarse, como presupuesto necesario, que los agremiados del sindicato que se pretende registrar, efectivamente tengan el carácter de trabajadores o de patrones, según sea el caso, además de cumplir con los requisitos impuestos por el diverso artículo 365 de la referida ley obrera.
Contradicción de tesis 172/2003-SS. Entre las sustentadas por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito y el Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Circuito. 2 de abril de 2004. Cinco votos. Ponente: Genaro David Góngora Pimentel. Secretario: José de Jesús Murrieta López.
NACIONALES (federal) 1.- SNTMMSRM Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros Metalurgicos y similares de la Republica Mexicana 2.- STPRM.- Sindicato de Trabajadores Petroleros de la Republica Mexicana 3.- SNTE.- Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educacion 4.- SNTINFONAVIT.- Sindicato Nacional de Trabajadores del Infonavit
SINDICATOS LOCALES 1.- SINDICATO DE OBREROS, ARTESANOS, MAESTROS Y SIMILARES "EMANCIPACION PROLETARIA" DE LA FABRICA DE SAN AGUSTIN LOS MOLINOS 2.- SINDICATO DE OBREROS "27 DE ABRIL" DE LA FABRICA DE HILADOS Y TEJIDOS TEXTILES "LAR", S.A. 3.- SINDICATO REVOLUCIONARIO "ALFONSO RIVERA SUAREZ" DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA TEXTIL Y SIMILARES DE LA CIUDAD DE PUEBLA 4.- SINDICATO ÚNICO DE OBREROS TEXTILES DE LA FABRICA "SANTA CRUZ GUADALUPE"
PATRONALES 1.- COPARMEX. Es un Confederación Sindical Patronal 2.- ESCRYT SINDICATO DE ESCRITORES SINDICALIZADOS DE CINE, RADIO Y TELEVISIÓN, SIMILARES Y CONEXOS DE LA REPUBLICA MEXICANA, 3.- CANACINTRA Cámara Nacional de la Industria de Transformación.
Localización: Octava Época Instancia: Cuarta Sala Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación 56, Agosto de 1992 Página: 27 Tesis: 4a./J. 10/92 Jurisprudencia Materia(s): laboral COMPETENCIA FEDERAL. NO SE DEFINE POR LA CIRCUNSTANCIA DE QUE EL CONTRATO COLECTIVO SE HUBIESE CELEBRADO CON UN SINDICATO NACIONAL. Para que se surta la competencia de las Juntas Federales de Conciliación y Arbitraje en los términos del artículo 527, fracción I, de la Ley Federal del Trabajo, debe tomarse en consideración la actividad industrial que desempeña la empresa patronal. Por ello, la circunstancia de que la empresa haya celebrado contrato colectivo con un sindicato nacional, no puede definir la competencia federal, pese a que dicha agrupación sindical tenga ese carácter. Competencia 243/89. Suscitada entre la Junta Especial Número Catorce de la Federal de Conciliación y Arbitraje y la Junta Especial Número Uno de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Tamaulipas. 23 de noviembre de 1989. Cinco votos. Ponente: Juan Díaz Romero. Secretaria: María del Refugio Covarrubias de Martín del Campo. Competencia 245/89. Suscitada entre la Junta Especial Número Catorce de la Federal de Conciliación y Arbitraje y la Junta Especial Número Uno de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Tamaulipas. 23 de noviembre de 1989. Cinco votos. Ponente: Ulises Schmill Ordóñez. Secretario: Hugo Arturo Baizabal. Competencia 310/89. Suscitada entre la Junta Especial Número Dieciséis de la Federal de Conciliación y Arbitraje y la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Jalisco. 12 de marzo de 1990. Cinco votos. Ponente: Juan Díaz Romero. Secretaria: María del Refugio Covarrubias de Martín del Campo. Competencia 49/91. Suscitada entre la Junta Especial Número Dos de la Local de Conciliación y Arbitraje y del Estado de Puebla y la Junta Especial Número Catorce de la Federal de Conciliación y Arbitraje. 2 de septiembre de 1991. Cinco votos. Ponente: Carlos García Vázquez. Secretario: Emiliano Hernández Salazar.
Competencia 73/92. Suscitada entre la Junta Especial Número Treinta y Dos de la Federal de Conciliación y Arbitraje en el Estado de Oaxaca y la Junta Especial Número Dos Bis de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Oaxaca. 15 de junio de 1992. Cinco votos. Ponente: Carlos García Vázquez. Secretaria: Guadalupe Cueto Martínez. Tesis de Jurisprudencia 10/92. Aprobada por la Cuarta Sala de este alto Tribunal en sesión privada celebrada el primero de julio de mil novecientos noventa y dos. Cinco votos de los señores ministros: Presidente Carlos García Vázquez, Juan Díaz Romero, Ignacio Magaña Cárdenas, Felipe López Contreras y José Antonio Llanos Duarte.
SINDICATOS DE JURISDICCIÓN FEDERAL: 1. Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos y Similares de la República Mexicana. (SNTMMSRM) 2.Sindicato de Trabajadores de la Producción Cinematográfica.(STPC) 3. Sindicato de Trabajadores de la Industria Papelera, Cartonera, Maderera, Celulosas sus Materias Primas, Similares y Conexos de la República Mexicana.
SINDICATOS DE JURISDICCIÓN LOCAL: 1. Sindicato de Empleados y Trabajadores del Nacional Monte de Piedad. 2. Sindicato de Trabajadores Industriales de Empresas Comerciales y Maquiladoras, Similares y Conexos del Estado de Sinaloa. 3. Unión de Trabajadores de Restaurantes, Bares, Hoteles, Centros Nocturnos, Centros Deportivos, Recreativos y Sociales del D.F.
SINDICATOS DE PATRONES: 1. Confederación Patronal de la República Mexicana. 2. Cámara Nacional de la Industria de la Transformación. 3.Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo.
Registro No. 253702 Localización: Séptima Época Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito Fuente: Semanario Judicial de la Federación 90 Sexta Parte Página: 79 Tesis Aislada Materia(s): laboral SINDICATOS PATRONES. CUANDO TIENEN ESE CARACTER.
Conforme a lo dispuesto por los artículos 8o. y 10 de la Ley Federal del Trabajo, en interpretación hermenéutica, si un trabajador presta un servicio personal subordinado a un sindicato, es inconcuso que éste tiene el carácter de patrón, salvo que las actividades que desempeñe sean de comisionado en función sindical, con percepción de salarios por tareas diversas a la organización.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Amparo directo 407/75. "Sindicato Nacional Independiente de Trabajadores de Diesel Nacional", S.A. 15 de junio de 1976. La publicación no menciona el sentido de la votación. Ponente: Salvador Bravo Gómez. Secretario: Enrique Campos Fritz.
Nota: En el Informe de 1976, la tesis aparece bajo el rubro "SINDICATOS. CUANDO TIENEN CARACTER DE PATRON.".
SINDICATOS DE TRABAJADORES DE JURISDICCIÓN FEDERAL
1.- Asociación nacional de obreros, obreras, y empleados de la industria de la costura y conexos de la república mexicana.
2.- Sindicato de trabajadores de la industria del gas, similares y conexos de la república mexicana.
3.- Sindicato nacional de trabajadores y empleados de la industria metalúrgica, electrónica y similares de la república mexicana
SINDICATOS DE TRABAJADORES DE JURISDICCIÓN LOCAL
1.- Unión de empleados de hoteles, restaurantes, cantinas, cafés y similares del estado de Morelos
2.- Sindicato de trabajadores de la industria elaboradora, envasadora y repartidora de bebidas del estado de Morelos
3.- Asociación de trabajadores jornaleros, asalariados del campo y actividades agropecuarias, silvícolas mantenimiento y vigilancia similares y conexos del estado de Morelos.
SINDICATOS DE PATRONES
1.- Sindicato único de patrones publicistas de México.
2.- Cámara de la industria de la transformación
3.- Asociación nacional de tiendas de autoservicio y departamentales
CON LA INTENCIÓN DE OBTENER MI PARTICIPACIÓN EXTRA COMPARTO LA SIGUIENTE JURISPRUDENCIA:
Registro No. 230462
Localización: Octava Época Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito Fuente: Semanario Judicial de la Federación II, Segunda Parte-2, Julio a Diciembre de 1988 Página: 471 Tesis Aislada Materia(s): laboral
RELACION LABORAL, NO EXISTE ENTRE EL TRABAJADOR JUBILADO Y EL SINDICATO DE TRABAJADORES FERROCARRILEROS DE LA REPUBLICA MEXICANA CUANDO SUS LABORES SON DE ASESORIA.
El trabajador jubilado que anteriormente había desempeñado una comisión sindical, si después de jubilado sigue prestando servicios para el mismo Sindicato de Trabajadores Ferrocarrileros de la República Mexicana, lo hace como socio jubilado y en estas circunstancias no es posible estimar que exista una relación de trabajo y considerar al demandante como trabajador de dicho sindicato, sino como colaborador del mismo, puesto que como socio coadyuvaba al logro de los fines para los cuales fue creada la asociación profesional y a quienes prestó sus servicios fue a los demás agremiados, compañeros del propio reclamante ya que fue primero socio activo y después socio jubilado del sindicato referido; en consecuencia, el vínculo que lo unió con el gremio demandado no tiene el carácter de laboral, sino de asesoría.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Amparo directo 1365/87. José Luis Vergara Castro. 10 de noviembre de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Horacio Cardoso Ugarte. Secretaria: Teresa Sánchez Medellín.
• -Sindicato de la Tabacalera Mexicana. • Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social • -Sindicato Federal de Correos y Telégrafos.
Sindicatos locales
• .-Sindicato Único de Trabajadores y Empleados de la Universidad Autónoma del Estado de México. • -Sindicato de Trabajadores de la Construcción. • . Sindicato de Banamex
SINDICATOS PATRONALES.
• Sindicato Único de Patrones Publicistas de México. • Cámara Nacional de la Industria de Transformación. CANACINTRA. • SINDICATO DE TRANSPORTE URBANO DEL ESTADO DE JALISCO
...Continuación, los sindicatos faltantes de patrones son: 2)COPARMEX (Confederación Patronal de la República Mexicana). 3)CANAINTEX (Cámara Nacional de la Industria Textil). CIBERGRAFÍA. www.coparmex.org.mx http://www.canaintex.org.mx/
Sindicato Estatal De Trabajadores Al Servico De La Educación Sindicato Estatal de Trabajadores del Magisterio Veracruzana Sindicato Estatal de Salud.
Patronales Cámara Nacional de la Industria de Transformación. La Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio Confederación Patronal de la República Mexicana
Federal Sindicato Nacional de Pilotos de Puerto Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social Sección Sindicato Nacional de los Trabajadores de la Educación
Pero, ¿qué es un Sindicato? Deacuerdo con García Abellan, la palabra sindicato deriva del griego sundiké y significa "justicia comunitaria", o bien "idea de administración y atención de una comunidad" y aparece utilizada por primera vez en una federación parisiense denominada "Chambre sinycale du bâtiment de la Sainte Chapelle" aproxidamente en 1810. Nestor de Buen define al sindicato como la persona social, libremente constituida por trabajadores o por patrones para la defensa de sus intereses de clase". BIBLIOGRAFÍA. Córdova Gutiérrez, Alberto."Los beneficios y costos económicos del Sindicalismo en México", Instituto de Investigación Económica y Social Lucas Alamán A.C.,México,D.F.,2005,pp.197. *Revisar pp.1-2.
SINDICATOS DE TRABAJADORES DE JURISDICCIÓN FEDERAL
1. Sindicado Nacional de Trabajadores y Empleados de la Industria del Hule, Látex, Plástico y Similares de la República Mexicana 2. Sindicato Nacional de Trabajadores de las Música de la República Mexicana 3. Sindicato Nacional de Trabajadores de la Industria del Pan y Similares de la República Mexicana
SINDICATOS DE TRABAJADORES DE JURISDICCIÓN LOCAL
1. Sindicato de Trabajadores de la Compañía Industrial Azucarera San Pedro, S.A. de C.V. 2. Federación Auténtica de trabajadores del Estado de Veracruz 3. Sindicato de Trabajadores en la Industria Siderúrgica y Similares en el Estado de Jalisco
SINDICATOS DE PATRONES
1. Confederación de Cámaras Industriales 2. Confederación Nacional de Organizaciones Ganaderas 3. Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo
COMO SINDICATOS DE TRABAJADORES A NIVEL FEDERAL CITO LOS SIGUIENTES: El Sindicato de Telefonistas de la Republica Mexicana - Organizacion, servicios, accion social, capacitacion y politica sindical. El Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educacion - Acciones, miembros y Secretaria de Prensa y Propaganda y el Sindicato Único Nacional de Trabajadores Universitarios. COMO EJEMPLOS DE SINDICATOS DE TRABAJADORES A NIVEL LOCAL ESTAN: El Sindicato unico de Trabajadores de la Musica del Distrito Federal- Informes sobre su estudio de grabacion, escuela de musica y bolsa de trabajo, La union de trabajadores de restaurantes, bares, hoteles, centros nocturnos, centros deportivos, recreativos y sociales del Distrito Federal Y La union mexicana de empleados y trabajadores de la asitencia medica en el distrito federal. Y EN CUANTO A LOS SINDICATOS DE PATRONES REFIERO LOS SIGUIENTES: El Sindicato Único De Patrones Publicistas De México, El Sindicato de Patrones de empresas de super mercados, tiendas de autoservicio, oficinas y bodegas comerciales y conexos en el distrito federal y la Asociación Nacional Patronal de la Industria y la Transformación. AUNADO A ESTO COMPARTO LA SIGUIENTE TESIS QUE TIENE RELACIÓN CON LOS SINDICATOS: CANCELACIÓN DEL REGISTRO DE UN SINDICATO, IMPROCEDENCIA DE LA ORDEN DE.- Es improcedente la orden de cancelacion del registro de un sindicato de trabajadores, emitida por la junta de conciliación y Arbitraje, en el caso de que se den por terminadas las relaciones laborales por parte de la empresa, pero existan prestaciones pendientes de liquidar debidamente a los miembros del sindicato. (Tesis No. 27. Sala Auxiliar SCJN Informe 1987, p 30)
PÉREZ JIMÉNEZ CARLOS ANTONIO SINDICATOS DE TRABAJADORES DE JURISDICCIÓN FEDERAL: *Sindicato de Empleados Textiles de Industria y Afines de la Republica Mexicana (SETIA) * Sindicato Único de Trabajadores Electricistas de la República Mexicana *Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos y Similares de la Republica Mexicana (SNTMMSRM)
SINDICATOS DE TRABAJADORES DE JURISDICCIÓN LOCAL:
* Sindicato de Trabajadores Embotelladores, Agencias Distribuidoras de Refrescos, Cervezas y Similares del Estado de México. *Sindicato Único de Trabajadores y Empleados de la Universidad Autónoma del Estado de México. *Sindicato de Empleados y Trabajadores del Nacional Monte de Piedad.
SINDICATOS PATRONALES:
*Confederación Patronal de la Republica Mexicana (COPARMEX) *Cámara Nacional de la Industria de Transformación. (CANACINTRA) *Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo (CONCANACO)
PÉREZ JIMÉNEZ CARLOS ANTONIO PARTICIPACIÓN EXTRA Registro No. 180803 Localización: Novena Época Instancia: Segunda Sala Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta XX, Agosto de 2004 Página: 417 Tesis: 2a./J. 101/2004 Jurisprudencia Materia(s): laboral REGISTRO DE SINDICATOS FEDERALES. CONTRA SU NEGATIVA PROCEDE EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO SIN QUE DEBA AGOTARSE, PREVIAMENTE, EL RECURSO DE REVISIÓN PREVISTO EN EL ARTÍCULO 83 DE LA LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO, EN VIRTUD DE QUE ES UN ACTO PREPONDERANTEMENTE LABORAL.
El registro de sindicatos federales, previsto en los artículos 365, 366 y 368 de la Ley Federal del Trabajo, es competencia de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social a través de la Dirección General de Registro de Asociaciones, por lo que si bien es un acto formalmente administrativo por su génesis, desde el punto de vista material constituye un acto de naturaleza preponderantemente laboral, mediante el cual se justifica ante cualquier autoridad la personalidad y capacidad de las organizaciones sindicales, con la particularidad de que cuando no se satisfacen los requisitos establecidos en los numerales citados, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social está facultada para negar dicho registro, pero en contra de esa negativa no procede el recurso de revisión previsto en el artículo 83 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, atento a que en su artículo 1o. expresamente se excluye de su aplicación a la materia laboral, de cuya naturaleza material participa el referido registro sindical, de tal manera que contra dicha negativa los entes sindicales no tienen la carga de agotar ese medio ordinario de defensa, sino que pueden acudir desde luego al juicio de garantías ante Juez de Distrito, conforme al artículo 114, fracción II, de la Ley de Amparo.
Contradicción de tesis 80/2004-SS. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Noveno, Décimo Primero, Décimo Quinto, todos en Materia de Trabajo del Primer Circuito y Sexto en Materia Administrativa del mismo circuito. 2 de julio de 2004. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Guillermo I. Ortiz Mayagoitia. Ponente: Juan Díaz Romero. Secretaria: Sofía Verónica Ávalos Díaz.
Tesis de jurisprudencia 101/2004. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del nueve de julio de dos mil cuatro.
para mi participacion extra cito la siguiente jurisprudencia
Registro No. 167359
Localización: Novena Época Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta XXIX, Abril de 2009 Página: 1964 Tesis: III.1o.T.103 L Tesis Aislada Materia(s): laboral
SINDICATOS. TRATÁNDOSE DE AQUELLOS DE COMPETENCIA FEDERAL, SÓLO PUEDEN INTEGRARLOS OPERARIOS DE FUENTES DE TRABAJO CUYAS ACTIVIDADES SE ENCUENTREN INCLUIDAS DENTRO DE ALGUNA DE LAS RAMAS INDUSTRIALES, DE SERVICIOS O EMPRESAS QUE SE ENLISTAN EN LOS INCISOS A) Y B) DE LA FRACCIÓN XXXI DEL APARTADO "A" DEL ARTÍCULO 123 CONSTITUCIONAL.
Acorde con la distribución competencial entre los Estados y la Federación, establecida por el artículo 123 constitucional, apartado "A", fracción XXXI, incisos a) y b), el artículo 365 de la Ley Federal del Trabajo, estatuye que los sindicatos deben registrarse en la Secretaría del Trabajo y Previsión Social en los casos de competencia federal y en las Juntas de Conciliación y Arbitraje los de competencia local. En consecuencia, si a un sindicato se le otorga el registro federal, el actuar de dicho sindicato, no puede, legalmente, incluir a otros sectores cuya competencia, por exclusión, corresponde al ámbito local, toda vez que, para que un sindicato pueda considerarse de competencia federal, acorde con la distribución atinente, prevista en la Carta Magna, es necesario que las actividades de sus miembros se encuentren incluidas dentro de alguna de las ramas industriales, de servicios o empresas que se enlistan en los incisos a) y b) de la fracción XXXI del apartado "A" del artículo 123 constitucional, en tanto que, de no acontecer lo anterior, dicho sindicato sería de competencia local. Estimar lo contrario, haría inútil la disposición de la Ley Federal del Trabajo, que reconoce la diferencia entre sindicatos de competencia federal y local, al disponer que deben registrarse en la Secretaría del Trabajo y Previsión Social los primeros, y en las Juntas de Conciliación y Arbitraje los segundos, ya que si los de competencia federal, pudieran incluir a otros sectores cuya competencia corresponde al ámbito local, y viceversa, ningún objeto práctico tendría prever tal diferencia.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL TERCER CIRCUITO.
Amparo en revisión 189/2008. Sindicato Revolucionario de Trabajadores del Comercio en General de la República Mexicana. 18 de marzo de 2009. Unanimidad de votos. Ponente: Alfonsina Berta Navarro Hidalgo. Secretario: Omar Espinoza Hoyo.
SINDICATOS DE TRABAJADORES DE JURISDDICIÓN FEDERAL:
I.- Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana. II.- Sindicato Único de Trabajadores Electricistas de la República Mexicana. III.- Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social
SINDICATO DE TRABAJADORES DE JURISDICCIÓN LOCAL:
I.- Sindicato de Maestros al Servicio del Estado de Mexico II.- Sindicato Independiente de Trabajadores del Colegio de Bachilleres del Estado de Michoacán III. Sindicato Único de Trabajadores del Gobierno del Distrito Federal
Sindicato de Patrones: I.- Camara Nacional de la Industria de Transformacion II.- Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio III. Confederación Nacional de Organizaciones Ganaderas.
SINDICATOS DE TRABAJADORES DE JURISDDICIÓN FEDERAL:
I.- Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana. II.- Sindicato Único de Trabajadores Electricistas de la República Mexicana. III.- Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social
SINDICATO DE TRABAJADORES DE JURISDICCIÓN LOCAL:
I.- Sindicato de Maestros al Servicio del Estado de Mexico II.- Sindicato Independiente de Trabajadores del Colegio de Bachilleres del Estado de Michoacán III. Sindicato Único de Trabajadores del Gobierno del Distrito Federal SINDICATO DE PATRONES I.- Sindicato Ùnico de patrones Publicistas de Mèxico. II.- Confederación Patronal de la República Mexicana. II.- Confederaciòn de Camaras Nacionales de Comercio y Turismo.
cesar garcia reyes Sindicatos de trabajadores de jurisdicción federal 1)Sindicato Mexicano de Electricistas – 2)Sindicato de Trabajadores Ferrocarrileros de la República Mexicana. 3)Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Nuclear (SUTIN)
Sindicatos de trabajadores de jurisdicción local. 1)Unión de la Clase Trabajadora, UCLAT 2)Sindicato único de Trabajadores de la Música del Distrito Federal 3)Unión de Trabajadores de Restaurantes, Bares, Hoteles, Centros Nocturnos, Centros Deportivos, Recreativos y Sociales del D.F
Sindicatos de patrones. 1)La Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo (Concanaco). 2)La Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos, (CONCAMIN). 3)La Cámara Nacional de la Industria de Transformación (CANACINTRA)
Sindicato de Trabajadores de Jurisdicción Federal:
1) Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación 2) Sindicato de Trabajadores de Ferrocarrileros de la República Mexicana 3) Sindicato de Telefonistas de la Républica Mexicana
Sindicato de Trabajadores de Jurisdicción local:
1) Sindicato de Trabajadores de Música de Acapulco 2) Sindicato de Servidores Públicos de la Ciudad de México 3)Sindicato de Maestros al Servicio del Estado de México.
Sindicato de Patrones:
1) Confederación Nacional Turistica 2) Confederación Patronal de la República Mexicana 3) Asociación Mexicana de Pediatría A.C
SINDICATOS DE TRABAJADORES DE JURISDICCION FEDERAL 1.SINDICATO DE TRABAJADORES DE PRODUCTOS METALICOS, ANEXOS Y SIMILARES DE LA REPUBLICA MEXICANA. 2. SINDICATO INDUSTRIAL DE TRABAJADORES DE LA MADERA, INDUSTRIA MUEBLERA, SIMILARES Y CONEXOS DE LA REPUBLICA MEXICANA. 3.SINDICATO REVOLUCIONARIO DE TRABAJADORES Y EMPLEADOS DE PRODUCTOS QUIMICOS FARMACEUTICOS, SIMILARES Y CONEXOS DE LA REPUBLICA MEXICANA "MODESTO C. FLORES"
SINDICATOS DE TRABAJADORES EN JURISDICCION LOCAL
1. SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL TRANSPORTE DE MEXICO. 2. SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA MERCK, S.A. DE C.V. 3. SINDICATO AUTENTICO DE TRABAJADORES DE LA NUEVA FABRICA NACIONAL DE VIDRIO, S.A.
SINDICATO DE PATRONES
1. UNION DE PATRONES PRACTICOS DE COSTA, MARINEROS, MOTORISTAS, FOGONEROS Y PESCADORES DEL PUERTO DE ENSENADA, C.R.O.M. 2.CONFEDERACION PATRONAL DE LA REPUBLICA MEXICANA 3.CONFEDERACION NACIONAL DE LA REPUBLICA MEXICANA (COPARMEX).
Síndicatos de jurisdiccion federal: 1)Sindicato Nacional de Obreros y Empleados de Laboratorios Médicos, Farmacias, Hospitales, Similares y Conexos de la República Mexicana
2)Sindicato de Obreros y Empleados de la Industria del Metal, Siderúrgica y Conexos de la República Mexicana.
3)Sindicato Nacional “Felipe Carrillo Puerto” de Trabajadores de la Industria de la Construcción, Similares y Conexos de la República Mexicana
Sindicatos de patrones
1)UNIÓN DE CONCESIONARIOS DE TRANSPORTE URBANO Y SUBURBANO DEL MUNICIPIO DE NANCHITAL DE LÁZARO CÁRDENAS DEL RÍO, VER., ADHERIDA A LA C.T.M.
2)UNIÓN DE PROPIETARIOS TRANSPORTISTAS DEL SERVICIO MIXTO RURAL DEL MUNICIPIO DE CHACALTIANGUIS, PEPIAPA, TABLERO, ARROYO CLARO, DOBLADERO, MATA DE CAÑA, LOMA DE LAS NEGRAS, JOACHÍN, PALMICHAL, LAGUNA DE LAGARTO, LAS MESAS, SABANETAS Y DESVIACIÓN
3)UNION SINDICAL DE RESTAURANTES, BARES, VIDEOS, ABARROTES, CERVECERÍAS, VINATERIAS Y DEPOSITO DEL MUNICIPIO DE TUXPAN, VER.
Sindicatos de jurisdiccion local: 1)SINDICATO INDUSTRIAL DE TRABAJADORES DE CAFÉ, TABACO, MADERAS, DESTILADORAS DE AGUARDIENTE Y COMERCIO DEL DISTRITO CÓRDOBA VERACRUZ
2)SINDICATO DE OBREROS, PANADEROS, REPOSTEROS Y SIMILARES DE XALAPA, VER
3)SINDICATO DE ALBAÑILES, AYUDANTES Y SIMILARES DE LA RAMA DE LA CONSTRUCCIÓN EN GENERAL Y EMPRESAS PARTICULARES DEL MUNICIPIO DE COATZACOALCOS, VER.
Un sindicato es una organización democrática, integrada por trabajadores en defensa y promoción de sus intereses sociales, económicos y profesionales relacionados con su actividad laboral, respecto al centro de producción (fábrica, taller, empresa) o al empleador con el que están relacionados contractualmente.
SINDIATOS DE JURISDICCIÒN FEDERALES
Asociación Sindical de Pilotos Aviadores de México (ASPA)
Asociación Sindical de Sobrecargos de Aviación de México (ASSA)
Confederación Nacional Campesina (CNC) Ubicada en: México
Sindicato de Empleados de BBVA Bancomer
SINDICATOS DE JURISSDICCÒN LOCAL
Sindicatos locales de maestros de educación básica, del Sistema Intermunicipal de Agua Potable y Alcantarillado (SIAPA)
Asociación de Radiodifusores del Valle de México
Asociación Mexicana de Agencias de Investigación de Mercado y Opinión Pública
Cámara Nacional de la Industria Editorial Mexicana
SINDICATOS DE JURISDICCIÒN PATRONAL
Sindicato Unico de Patrones Publicistas de Mexico
FGTEM - Federación General de Trabajadores del Estado y Municipios
Sindicato Nacional de Trabajadores Terraceros Constructores y Conexos de la República Mexicana
*SINDICATOS FEDERALES: 1.-Sindicato Federal de Correos y Telegrafos 2.-Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana 3.- Sindicato Nacional de Trabajadres Textiles de México
*SINDICATOS LOCALES 1.-El Sindicato de Domésticas y Similares de Tampico y sus Colonias 2.-Sindicato de trabajadores dela Industria del Transporte de México 3.-Sindicato de Trabajadores de la Construccion
*SINDICATOS PATRONALES
1.-Sindicato Unico de Patrones Publicistas de México 2.-Comision Nacionl de la Industria de la Transformación 3.-Sindicato de Empresa LIDO S.A. (SELSA)
Un sindicato es: Una organizacion o asociacion profesional compuesta o integrada por personas que, ejerciendo el mismo oficio o profesion, similar o conexo, se unen para el estudi y proteccion de los intereses que les son comunes.
Acontinuacion se muestra una clasificacion de los sindicatos.
Sindicato de Trabajadores de Jurisdiccion Federal. i.- Sindicato Federal de Telegrafos y Correos. ii.- Sindicato de empleados textiles de Industria y Afines a la Republica Mexicana. iii.- Sindicato Revolucionario de Trabajadores y empleados de prodcutos quimicos farmaceuticos, similares y conexos de la Republica Mexicana "Modesto C. Flores"
Sindicato de Trabajadores en jurisdicion Local. i.- Sindicato de maestros al Servicio del estado de Mexico. ii.- Federacion Revolucionaria de obreros y campesinos del Estado de Aguascalientes. iii.- Sindicato Unico de Trabajadores Salineros de las coloradas "Angel Ek Balam"
Sindicatos Patronales: i.- Camara Nacional de la Industria de restaurantes y Alimentpos condimentados CANIRAC. ii.- COPARMEX. Es una confederacion Sindical Patronal. iii.- Camara de la Industria de la Transformacion.
-SINDICATO DE MOLINEROS DEL DISTRITO FEDERAL -UNION SINDICAL DE OBRERAS Y EMPLEADAS DE LA INDUSTRIA CORSETERA Y SIMILARES DEL DISTRITO FEDERAL -UNION DE TRABAJADORES DE PLANCHADURIAS, TINTORERIAS Y CONEXOS DEL D.F
SINDICATO DE TRABAJADORES DE JURISDICCION FEDERAL
-SINDICATO MEXICANO DE ELECTRICISTAS (SME) -SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DEL SISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVO METRO -SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA CINEMATOGRAFICA (STIC)
SINDICATOS PATRONALES
-SINDICATO UNICO DE PATRONES PUBLICISTAS DE MEXICO -CONFEDERACION PATRONAL DE LA REPUBLICA MEXICANA (COPARMEX) -CONFEDERACION DE CAMARAS INDUSTRIALES
SINDICATOS. LA AUTORIDAD LABORAL TIENE FACULTAD PARA COTEJAR LAS ACTAS DE ASAMBLEA RELATIVAS A LA ELECCIÓN O CAMBIO DE LA DIRECTIVA, A FIN DE VERIFICAR SI EL PROCEDIMIENTO SE APEGÓ A LOS ESTATUTOS O, SUBSIDIARIAMENTE, A LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO.
Es cierto que en la Ley Federal del Trabajo no existe ningún precepto legal que faculte de manera expresa a la autoridad del trabajo encargada de tomar nota del cambio de directiva de los sindicatos, para cotejar si las actas y documentos que le presentan los representantes sindicales se ajustan, o no, a las reglas estatutarias; sin embargo, tal facultad se infiere con claridad de la interpretación armónica y concatenada de los artículos 365, fracción III, 371 y 377, fracción II, de la Ley Federal del Trabajo, en cuanto establecen que para obtener su registro, los sindicatos deben exhibir copia de sus estatutos, los cuales deben reglamentar los puntos fundamentales de la vida sindical y que deben comunicar los cambios de su directiva "acompañando por duplicado copia autorizada de las actas respectivas"; requisitos que, en conjunto, justifican que la autoridad laboral verifique si el procedimiento de cambio o elección de directiva se apegó a las reglas estatutarias que reflejan la libre voluntad de los agremiados, máxime si se toma en consideración la gran importancia de la toma de nota, ya que la certificación confiere a quienes se les otorga no sólo la administración del patrimonio del sindicato, sino la defensa de sus agremiados y la suerte de los intereses sindicales. En tal virtud, no es exacto que ese cotejo constituya una irrupción de la autoridad en demérito de la libertad sindical consagrada en la Carta Fundamental, y tampoco es verdad que la negativa a tomar nota y expedir la certificación anule la elección, pues esto sólo podría ser declarado por una Junta de Conciliación y Arbitraje, oyendo a los afectados a través de un juicio, quienes en todo caso, podrán impugnar esa negativa a través del juicio de garantías.
Contradicción de tesis 30/2000-SS. Entre las sustentadas por el Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito y el Segundo Tribunal Colegiado del Tercer Circuito. 6 de septiembre del año 2000. Cinco votos. Ponente: Juan Díaz Romero. Secretario: Raúl García Ramos.
Tesis de jurisprudencia 86/2000. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del trece de septiembre del año dos mil.
No. Registro: 191,662 Jurisprudencia Materia(s): Laboral Novena Época Instancia: Segunda Sala Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta XI, Junio de 2000 Tesis: 2a./J. 51/2000 Página: 59
OJEDA JIMÉNEZ JOSÉ RAÚL SINDICATOS LOCALES 1.- sindicato de obreros, artesanos, maestros y similares "emancipación proletaria" de la fabrica de san Agustín los molinos 2.- sindicato de obreros "27 de abril" de la fabrica de hilados y tejidos textiles "lar", s.a. 3.- sindicato revolucionario "Alfonso Rivera Suarez" de trabajadores de la industria textil y similares de la ciudad de puebla
SINDICATOS DE JURISDICCIÓN FEDERAL: 1. Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos y Similares de la República Mexicana. (SNTMMSRM) 2. Sindicato de Trabajadores de la Producción Cinematográfica. (STPC) 3. Sindicato de Trabajadores de la Industria Papelera, Cartonera, Maderera, Celulosas sus Materias Primas, Similares y Conexos de la República Mexicana
SINDICATOS PATRONALES. 1.- Sindicato único de patrones publicistas de México. 2.-Cámara nacional de la industria de transformación 3.-Sindicato de transporte urbano del estado de Jalisco.
SINDICATOS DE JURISDICCIÓN FEDERAL 1.- Unión Nacional de Organizaciones Regionales Campesinas Autónomas (UNORCA) 2.- Sindicato Nacional de Trabajadores Textiles de México 3.-Sindicato Federal Ferroviario. SINDICATOS DE JURISDICCIÓN LOCAL: 1.-Sindicato de Empleados y Trabajadores del Nacional Monte de Piedad. 2.- Sindicato Estatal de Trabajadores del Magisterio Veracruzana 3.- Unión de Trabajadores de Restaurantes, Bares, Hoteles, Centros Nocturnos, Centros Deportivos, Recreativos y Sociales del D.F. SINDICATOS PATRONALES 1.- Confederación Patronal de la República Mexicana, S.P. COPARMEX: 2.- Sindicato Único de Patrones Publicistas de México. 3.- Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo. CONCANACO CARLOS GUSTAVO RODRIGUEZ MANZANILLA
SINDICATOS LOCALES: 1.-AGRUPACION SINDICALISTA FRANCISCO FERRER GUARDIA DE OBREROS ARTESANOS Y SIMILARES DE LA FABRICA LA COVADONGA 2.-SINDICATO DE OBREROS Y ARTESANOS DE LA INDUSTRIA CERVECERA Y COMPLEMENTARIAS 3.- SINDICATO DE OBREROS, ARTESANOS, MAESTROS Y SIMILARES "EMANCIPACION PROLETARIA" DE LA FABRICA DE SAN AGUSTIN LOS MOLINOS
SINDICATOS FEDERALES: 1.-SINDICATO DE TRABAJADORES DE PRODUCTOS PESQUEROS DE MATANCITAS, C.T.M. 2.-SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA AZUCARERA Y SIMILARES DE LA REPUBLICA MEXICANA 3.-SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA CEMENTERA Y SUS DERIVADOS, SIMILARES Y CONEXOS DE LA REPUBLICA MEXICANA
ASOCIACIONES DE PATRONES Y/O SINDICATOS DE PATRONES: 1.-UNION DE PATRONES PRACTICOS DE COSTA, MARINEROS, MOTORISTAS, FOGONEROS Y PESCADORES DEL PUERTO DE ENSENADA, C.R.O.M. 2.-CONFEDERACION PATRONAL DE LA REPUBLICA MEXICANA 3.-FEDERACION DE ASOCIACIONES INDUSTRIALES TEXTILES AGREMIADAS
Sindicatos de trabajadores de Jurisdicción Federal: 1.-SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA QUIMICA, PETROQUIMICA, CARBOQUIMICA, GASES, SIMILARES Y CONEXOS DE LA REPUBLICA MEXICANA. 2.-SINDICATO INDUSTRIAL DE OBREROS Y OBRERAS DE LA INDUSTRIA TEXTIL, ANEXAS Y CONEXAS DE LA REPUBLICA MEXICANA. 3.-SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA AZUCARERA Y SIMILARES DE LA REPUBLICA MEXICANA.
Sindicatos de trabajadores de jurisdicción Local: 1)SINDICATO DE MOLINEROS DEL DISTRITO FEDERAL. 2)SINDICATO DE OBREROS ESTIBADORES, CARRETILLEROS, ALIJADORES, CARGADORES, CHECADORES AMARRADORES Y DESAMARRADORES DE BUQUES DE PUERTO MADERO, CHIAPAS. 3)SINDICATO DE OBREROS Y CAMPESINOS DEL INGENIO "CONSTANCIA" (VERACRUZ).
González Noriega josajandi Soledad Sindicatos Federales: Sindicato Federal de Correos y Telégrafos Sindicato Federal Ferroviario Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social Sindicatos Locales: Sindicato de Obreros y Empleados de la Industria del Metal Sindicato De Trabajadores De La Industria Del Transporte De Mexico Sindicato Único de Trabajadores del Gobierno del Distrito Federal Sindicatos de Patrones. Cámara Nacional de la Industria de Restaurantes y Alimentos Condimentado Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo Sindicato Único de Patrones Publicistas de México
González Noriega Josajandi Soledad Registro No. 163547 Localización: Novena Época Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta XXXII, Octubre de 2010 Página: 3178 Tesis: I.5o.T.235 L Tesis Aislada Materia(s): laboral SINDICATOS. LA NULIDAD DEL PROCESO DE ELECCIÓN DE SU MESA DIRECTIVA CONSTITUYE UN ACTO DECLARATIVO, SIN EMBARGO, POR LA RELEVANCIA Y TRASCENDENCIA DE LOS ACTOS DE LA REPRESENTACIÓN SINDICAL FRENTE A SUS AGREMIADOS Y A TERCEROS, PROCEDE CONCEDER LA SUSPENSIÓN DE AQUÉLLA.
González Noriega Josajandi Soledad La declaración de nulidad del proceso de elección de la mesa directiva de un sindicato constituye un acto declarativo que conlleva un principio de ejecución, toda vez que no se agota con su emisión, ya que genera consecuencias jurídicas, precisamente por la relevancia y trascendencia que tiene la representación del sindicato frente a sus agremiados y terceros que recae en la mesa directiva, a saber: 1) la administración del patrimonio sindical, 2) la defensa de sus asociados y 3) la suerte de los intereses sindicales. En este sentido, la autoridad competente al decretar la referida nulidad del proceso electoral sindical, se constriñe, en principio, a realizar un acto declarativo sobre el ejercicio autónomo del derecho de asociación, el cual, intrínsecamente considerado, tiene un carácter enunciativo; sin embargo, de él derivan las consecuencias o efectos de ejecución, precisamente, por la relevancia y trascendencia que trae aparejada la representación sindical; en consecuencia procede conceder la suspensión del referido acto.
QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
sindicatos federales: 1- Federacion de sindicatos de trabajadores al servicio del estado 2-Sindicato de banamex 3-Sindicato de Obreros y Empleados de Transportes, Comunicación y Similares de la República Mexicana
Sindicatos locales: 1-Sindicato Único de Trabajadores del Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del estado de Baja California Sur - 2-Sindicato Único de Trabajadores del Gobierno del Distrito Federal 3-Sindicato Metropolitano de Trabajadores del Sistema Metro
sindicatos patronales: 1-Federación Nacional de Sindicatos Universitarios. FNSU 2-Federación Nacional de Sindicatos Bancarios 3-Federación de Sindicatos de Empresas de Bienes y Servicios FESEBES
NESTOR LUIS LEMUS SANCHEZ: La LFT en su art. 356 define al sindicato como la asociación de trabajadores o patrones, constituida para el estudio, mejoramiento y defensa de sus respecivos intereses.
JURISDICCIÓN FEDERAL: a) Sindicato de Trabajadores Ferrocarrileros dela República Mexicana. b) Sindicato nacional de la industia papelera , cartonera, maderera, celulosas, sus materia primas, similares y conexos de la R.M.- (C.T.M.) c) Sindicato de la Tabacalera Mexicana.
SINDICATOS DE PATRONES: a) Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social. b) Centro Empresarial de Puebla S.P. COPARMEX Puebla c) Sindicato Único de Patrones Publicistas de México.
JURISDICCIÓN LOCAL: a) Sindicato Único de Trabajadores de la Música del D.F. b) Sindicato de molineros del distrito federal. c) Sindicato Metropolitano de Trabajadores del Sistema Metro.
1.- Sindicato de Telefonistas de la Republica Mexicana 2.- Sindicato Nacional de Pilotos de Puerto 3.-Sindicato Nacional Cervecero
SINDICATOS DE COMPETENCIA LOCAL 1.-Sindicato Revolucionario de Trabajadores de la Industria del papel, artes gráficas, editorial e imprentas del D.F. 2.-Sindicato de Empleados y Trabajadores del Nacional Monte de Piedad. 3.-Sindicato Único de Trabajadores y Empleados de la Universidad Autónoma del Estado de México.
SINDICATOS DE PATRONES
1.-Confederación Patronal de la Republica Mexicana (COPARMEX) 2.-Cámara Nacional de la Industria de Transformación. (CANACINTRA) 3.-Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo.(CONCANACO)
Sindicatos de trabajadores de Jurisdicción Federal: 1)SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA QUIMICA, PETROQUIMICA, CARBOQUIMICA, GASES, SIMILARES Y CONEXOS DE LA REPUBLICA MEXICANA. 2)SINDICATO INDUSTRIAL DE OBREROS Y OBRERAS DE LA INDUSTRIA TEXTIL, ANEXAS Y CONEXAS DE LA REPUBLICA MEXICANA. 3)SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA AZUCARERA Y SIMILARES DE LA REPUBLICA MEXICANA. Sindicatos de trabajadores de jurisdicción Local: 1)SINDICATO DE MOLINEROS DEL DISTRITO FEDERAL. 2)SINDICATO DE OBREROS ESTIBADORES, CARRETILLEROS, ALIJADORES, CARGADORES, CHECADORES AMARRADORES Y DESAMARRADORES DE BUQUES DE PUERTO MADERO, CHIAPAS. 3)SINDICATO DE OBREROS Y CAMPESINOS DEL INGENIO "CONSTANCIA" (VERACRUZ). Sindicatos de patrones: 1)UNION DE PATRONES PRACTICOS DE COSTA, MARINEROS, MOTORISTAS, FOGONEROS Y PESCADORES DEL PUERTO DE ENSENADA, C.R.O.M.
JURISDICCIÓN FEDERAL: -Sindicato de Trabajadores Ferrocarrileros dela República Mexicana. -Sindicato Nacional de las Casas Distribuidoras de Petróleo. -Sindicato de la Tabacalera Mexicana.
JURISDICCIÓN LOCAL: -Sindicato Único de Trabajadores de la Música del D.F. -Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Nuclear. -Sindicato de Trabajadores de la Construcción.
SINDICATOS DE PATRONES: -Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social. -Sindicato Nacional de Trabajadores de Transporte Colectivo Metro. -Sindicato Independiente de Trabajadores de la Volkswagen.
LFT art. 356.- sindicato es la asociación de trabajadores o patrones, constituida paara el estudio, mejoramiento y defensa de sus respecivos intereses.
ResponderEliminarJURISDICCIÓN FEDERAL:
-Sindicato de Trabajadores Ferrocarrileros dela República Mexicana.
-Sindicato Nacional de las Casas Distribuidoras de Petróleo.
-Sindicato de la Tabacalera Mexicana.
JURISDICCIÓN LOCAL:
-Sindicato Único de Trabajadores de la Música del D.F.
-Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Nuclear.
-Sindicato de Trabajadores de la Construcción.
SINDICATOS DE PATRONES:
-Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social.
-Sindicato Nacional de Trabajadores de Transporte Colectivo Metro.
-Sindicato Independiente de Trabajadores de la Volkswagen.
Registro No. 167359
ResponderEliminarLocalización:
Novena Época
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
XXIX, Abril de 2009
Página: 1964
Tesis: III.1o.T.103 L
Tesis Aislada
Materia(s): laboral
SINDICATOS. TRATÁNDOSE DE AQUELLOS DE COMPETENCIA FEDERAL, SÓLO PUEDEN INTEGRARLOS OPERARIOS DE FUENTES DE TRABAJO CUYAS ACTIVIDADES SE ENCUENTREN INCLUIDAS DENTRO DE ALGUNA DE LAS RAMAS INDUSTRIALES, DE SERVICIOS O EMPRESAS QUE SE ENLISTAN EN LOS INCISOS A) Y B) DE LA FRACCIÓN XXXI DEL APARTADO "A" DEL ARTÍCULO 123 CONSTITUCIONAL.
Acorde con la distribución competencial entre los Estados y la Federación, establecida por el artículo 123 constitucional, apartado "A", fracción XXXI, incisos a) y b), el artículo 365 de la Ley Federal del Trabajo, estatuye que los sindicatos deben registrarse en la Secretaría del Trabajo y Previsión Social en los casos de competencia federal y en las Juntas de Conciliación y Arbitraje los de competencia local. En consecuencia, si a un sindicato se le otorga el registro federal, el actuar de dicho sindicato, no puede, legalmente, incluir a otros sectores cuya competencia, por exclusión, corresponde al ámbito local, toda vez que, para que un sindicato pueda considerarse de competencia federal, acorde con la distribución atinente, prevista en la Carta Magna, es necesario que las actividades de sus miembros se encuentren incluidas dentro de alguna de las ramas industriales, de servicios o empresas que se enlistan en los incisos a) y b) de la fracción XXXI del apartado "A" del artículo 123 constitucional, en tanto que, de no acontecer lo anterior, dicho sindicato sería de competencia local. Estimar lo contrario, haría inútil la disposición de la Ley Federal del Trabajo, que reconoce la diferencia entre sindicatos de competencia federal y local, al disponer que deben registrarse en la Secretaría del Trabajo y Previsión Social los primeros, y en las Juntas de Conciliación y Arbitraje los segundos, ya que si los de competencia federal, pudieran incluir a otros sectores cuya competencia corresponde al ámbito local, y viceversa, ningún objeto práctico tendría prever tal diferencia.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL TERCER CIRCUITO.
Amparo en revisión 189/2008. Sindicato Revolucionario de Trabajadores del Comercio en General de la República Mexicana. 18 de marzo de 2009. Unanimidad de votos. Ponente: Alfonsina Berta Navarro Hidalgo. Secretario: Omar Espinoza Hoyo.
SINDICATOS LOCALES
ResponderEliminarNOMBRE: UNION DE TRABAJADORES DE RESTAURANTES, BARES, HOTELES, CENTROS NOCTURNOS, CENTROS DEPORTIVOS, RECREATIVOS Y SOCIALES DEL D.F.
REG. NO. 956
NOMBRE UNION MEXICANA DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA AUTOMOVILISTICA DEL D.F.
REG. NO. 1142
NOMBRE UNION MEXICANA DE EMPLEADOS Y TRABAJADORES DE LA ASITENCIA MEDICA EN EL DISTRITO FEDERAL.
REG. NO. 2120
NOMBRE UNION DE OBREROS Y EMPLEADOS DE LA INDUSTRIA AUTOMOVILISTICA Y SIMILARES DEL DISTRITO FEDERAL.
REG. NO. 390
SINDICATOS FEDERALES
-SINDICATO NACIONAL DE LAS INDUSTRIAS PAPELERA, CARTONERA, MADERERA, CELULOSAS, SUS MATERIAS PRIMAS, SIMILARES Y CONEXOS DE LA R.M.- (C.T.M.)
-SINDICATO REVOLUCIONARIO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA QUÍMICA, SIMILARES Y CONEXOS DE LA R. M.
-SINDICATO UNIDAD Y PROGRESO DE LA INDUSTRIA DE LA TRANSFORMACIÓN DEL ACERO PARA PRODUCTOS TUBULARES Y SUS DERIVADOS DE LOS TRABAJADORES EN GENERAL DE LA FÁBRICA DE TUBOS DE ACERO DE MÉXICO, S.A
-SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL CEMENTO, CAL, ASBESTO, YESO, ENVASES Y SUS PRODUCTOS SIMILARES Y CONEXOS DE LA R.M.- (C.T.M.).
-SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA NUCLEAR.
SINDICATOS PATRONALES
-CONFEDERACION PATRONAL DE LA REPUBLICA MEXICANA, CENTRO EMPRESARIAL DE QUINTANA ROO
-SINDICATO DE TRANSPORTE URBANO DEL ESTADO DE JALISCO
-CENTRO EMPRESARIAL DE PUEBLA, S.P.
-CONFEDERACION NACIONAL DE ORGANIZACIONES GANADERAS
Sindicatos de trabajadores de Jurisdicción Federal:
ResponderEliminar1)SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA QUIMICA, PETROQUIMICA, CARBOQUIMICA, GASES, SIMILARES Y CONEXOS DE LA REPUBLICA MEXICANA.
2)SINDICATO INDUSTRIAL DE OBREROS Y OBRERAS DE LA INDUSTRIA TEXTIL, ANEXAS Y CONEXAS DE LA REPUBLICA MEXICANA.
3)SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA AZUCARERA Y SIMILARES DE LA REPUBLICA MEXICANA.
Sindicatos de trabajadores de jurisdicción Local:
1)SINDICATO DE MOLINEROS DEL DISTRITO FEDERAL.
2)SINDICATO DE OBREROS ESTIBADORES, CARRETILLEROS, ALIJADORES, CARGADORES, CHECADORES AMARRADORES Y DESAMARRADORES DE BUQUES DE PUERTO MADERO, CHIAPAS.
3)SINDICATO DE OBREROS Y CAMPESINOS DEL INGENIO "CONSTANCIA" (VERACRUZ).
Sindicatos de patrones:
1)UNION DE PATRONES PRACTICOS DE COSTA, MARINEROS, MOTORISTAS, FOGONEROS Y PESCADORES DEL PUERTO DE ENSENADA, C.R.O.M.
CIBERGRAFÍA.
http://www.stps.gob.mx/
http://www.juntalocal.df.gob.mx
SINDICATOS DE JURISDICCIÓN FEDERAL
ResponderEliminar1. Unión Nacional de Organizaciones Regionales Campesinas Autónomas (UNORCA)
2. Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Nuclear (SUTIN)
3. Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social (SNTSS)
SINDICATOS DE JURISDICCIÓN LOCAL
1. Sindicato Único de Trabajadores de Maderas Conglomeradas
2. Sindicato de Empresa de la Fábrica de Jabón, Aceites y Detergentes "La Corona" S.A. de C.V.
3. Sindicato Metropolitano de Trabajadores del Sistema Metro
SINDICATOS DE PATRONES
1. Cámara Nacional de la Industria de Restaurantes y Alimentos Condimentado (CANIRAC)
2. Cámara Nacional de la Industris de Transformación (CANACINTRA)
3. Centro Empresarial de Puebla S.P. COPARMEX Puebla
De acuerdo a la siguiente tésis aislada los patrones no pueden intervenir en los sindictos de los trabajadores:
ResponderEliminarLocalización: Novena Época
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta XXVII, Mayo de 2008
Página: 1164
Tesis: I.6o.T.380 L
Tesis Aislada
Materia(s): laboral
SINDICATOS DE TRABAJADORES. LOS PATRONES NO TIENEN DERECHO A INMISCUIRSE EN EL PROCEDIMIENTO DE SU REGISTRO, PORQUE ÉSTE SOLAMENTE INTERESA A LOS EMPLEADOS.
De los artículos 365 a 370 de la Ley Federal del Trabajo no se advierte que los patrones tengan injerencia en la formación de sindicatos que sus trabajadores constituyan o en las decisiones tomadas para su integración; y sí por el contrario, el numeral 133, fracciones V y VII, del citado ordenamiento les prohíbe intervenir en el régimen interno del sindicato y ejecutar cualquier acto que restrinja a los trabajadores los derechos que les otorgan las leyes; consecuentemente, los patrones no tienen derecho a inmiscuirse en el procedimiento de registro sindical de sus subordinados, ya que solamente interesa a los empleados.
SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Amparo en revisión 26/2008. Procuraduría General de la República, por conducto del Director de Juicios Federales de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de esa institución. 6 de marzo de 2008. Unanimidad de votos. Ponente: Genaro Rivera. Secretario: José Antonio Márquez Aguirre.
SÁNCHEZ GARCÍA EDITH
ResponderEliminarSINDICATOS DE TRABAJADORES DE JURISDICCIÓN FEDERAL
SINDICATO NACIONAL DE OPERADORES Y TRABAJADORES EN GENERAL DE AUTOTRANSPORTES TERRESTRES EN LA REPUBLICA MEXICANA.
Entidad Federativa: AGUASCALIENTES
Secretario General: VALENZUELA ORONA GUILLERMO
Socios: 3366
Fecha de Vigencia: 21/12/2010
SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA CENTRAL CAMIONERA DE AGUASCALIENTES, AGUASCALIENTES
Entidad Federativa: AGUASCALIENTES
Secretario General: GONZALEZ GONZALEZ JOSE ALFREDO
Socios: 46
Fecha de Vigencia: 20/08/2015
SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA ALIMENTOS, VITIVINICOLA BEBIDAS ENVASADAS, ENLATADAS, EMPACADAS, SIMILARES Y CONEXAS DE LA REPUBLICA MEXICANA
Entidad Federativa: AGUASCALIENTES
Secretario General: GONZALEZ GONZALEZ JOSE ALFREDO
Socios: 852
Fecha de Vigencia: 20/10/2011
SINDICATOS DE TRABAJADORES DE JURISDICCIÓN LOCAL
UNION SINDICAL DE OBRERAS Y EMPLEADAS DE LA INDUSTRIA CORSETERA Y SIMILARES DEL DISTRITO FEDERAL.
Entidad Federativa: NIZA N. 77-402, COL. JUAREZ, D. F.
Secretario General: LEONEL CISNEROS SANCHEZ.
Socios: 81
SINDICATO DE OBREROS MARMOLISTAS DEL DISTRITO FEDERAL.
Entidad Federativa: CALLE 32, N. 406, COL. PORVENIR, D. F.
Secretario General: LUCIO LEON RAMOS.
Socios: 22
UNION DE OBREROS DE ARTES GRAFICAS DE LOS TALLERES COMERCIALES SIMILARES Y CONEXOS.
Entidad Federativa: AEROS N. 22, COL. GUERRERO, DEL. CUAUHTEMOC, MÉXICO, D. F.
Secretario General: NICOLAS LUNA ESPEJEL.
Socios: 3931
SINDICATOS PATRONALES
Confederación Patronal de la República Mexicana, S.P. COPARMEX:
Cámara Nacional de la Industria de Transformación. CANACINTRA.
Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo. CONCANACO
SÁNCHEZ GARCÍA EDITH
ResponderEliminarCON MOTIVO DE MI PARTICIPACIÓN EXTRA COMPARTO LA SIGUIENTE JURISPRUDENCIA
Registro No. 188493
Localización:
Novena Época
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
XIV, Octubre de 2001
Página: 1193
Tesis: I.1o.T.125 L
Tesis Aislada
Materia(s): laboral
SINDICATOS. COMPETENCIA DE LA AUTORIDAD LOCAL PARA SU REGISTRO, CUANDO SUS MIEMBROS PRESTAN SERVICIOS EN EMPRESAS DE DOS ENTIDADES FEDERATIVAS.
La circunstancia de que un sindicato esté integrado por trabajadores que presten sus servicios en dos empresas establecidas en distintas entidades federativas, no es suficiente para que su registro les deba ser otorgado por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, ya que no se está en el caso de que estén sujetos a la competencia de las autoridades federales, por más que el artículo 527 de la Ley Federal del Trabajo determine, en su último párrafo, que corresponde a esas autoridades el conocimiento de conflictos que afecten a dos o más entidades federativas, ya que en el caso no ocurre esa situación, porque esos conflictos sólo podrán singularizarse con una de las empresas, quedando sujetos, por ende, a las autoridades locales de la entidad federativa correspondiente.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Amparo en revisión 19/81. J. Isabel Mendoza y coags. 30 de junio de 1981. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Enrique Mota Aguirre. Secretario: José Manuel Tapia Acebrás.
Amparo en revisión 581/2001. Asociación "Presidente Carranza" de Empleados del Comercio, Agencias, Instituciones y Empresas de Servicios en General, Actividades Complementarias, Similares y Conexos de la República Mexicana. 31 de mayo de 2001. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Rafael Olivera Toro y Alonso. Secretaria: Miryam Nájera Domínguez.
SINDICATOS FEDERALES.
ResponderEliminar1.-Sindicato Federal Tabacalero.
2.-Sindicato Federal Ferroviario.
3.-Sindicato Federal de Correos y Telegrafos.
SINDICATOS LOCALES.
1.-Sindicato Revolucionario de Trabajadores de la Industria del papel, Artes Gráficas, Editorial e Imprentas del D.F.
2.-Sindicato Único Independiente de Trabajadores del Colegio de Bachilleres de San Luis Potosí.
3.-Sindicato Único de Trabajadores y Empleados de la Universidad Autónoma del Estado de México.
SINDICATOS PATRONALES.
1.-Sindicato Único de Patrones Publicistas de México.
2.-Confederación Patronal de la República Mexicana.
3.-Asociación Nacional de la Industria y la Transformación.
SINDICATOS
ResponderEliminarFederales:
1. Sindicato de Trabajadores Ferrocarrileros de la República Mexicana
2.Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana (STPRM)
3.Sindicato Mexicano de Electricistas (SME)
Locales:
1. Sindicato de Banamex
2. Sindicato de Empleados de BBVA Bancomer
3. Sindicato de Trabajadores de Banco Santander Mexicano
De Patrones:
1.Sindicato único de la industria de juguetes y artículos plásticos y conexos del distrito federal.
2.Sindicato de empresa operadora sumesa, s. a. de c. v.
3.Sindicato de empresas de super mercados, tiendas de autoservicio, oficinas y bodegas comerciales y conexos en el distrito federal.
MONTOYA SOLÍS MARCO ANTONIO
PARTICIPACIÓN EXTRA
ResponderEliminarRegistro No. 805965
Localización:
Quinta Época
Instancia: Primera Sala
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
XCVI
Página: 669
Tesis Aislada
Materia(s): laboral
SINDICATOS PATRONALES QUE CONSTITUYEN EMPRESAS.
No es de tomarse en consideración lo alegado en el sentido de que indebidamente se consideró por la autoridad sentenciadora, que el sindicato patronal quejoso constituye una empresa y, como tal, es responsable de los actos de los choferes que prestan sus servicios en los camiones de la propiedad de los agremiados; porque el sindicato patronal quejoso debe considerarse como empresa, ya que a su formación cooperan individuos que han aportado parte de sus intereses jurídicos y económicos, existe unidad en la dirección del sindicato, y el mismo procura un fin único y común a sus agremiados, características éstas que si no son exhaustivas de lo que jurídicamente debe entenderse por empresa, sí constituyen elementos muy principales.
Amparo penal directo 8970/45. Sindicato Patronal de la Línea de Autocamiones "Circuito Circunvalación". 23 de abril de 1948. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
MONTOYA SOLÍS MARCO ANTONIO
SINDICATOS.
ResponderEliminarJurisdicción Federal:
- SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES TEXTILES DE MEXICO
- SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA CINEMATOGRAFICA, SIMILARES Y CONEXOS DE LA REPUBLICA MEXICANA
- SINDICATO DE TRABAJADORES DE LAS INDUSTRIAS PAPELERA, CARTONERA, MADERERA, CELULOSAS, SUS MATERIAS PRIMAS, SIMILARES Y CONEXOS DE LA REPUBLICA MEXICANA
Jurisdicción Local:
- FEDERACION REVOLUCIONARIA DE OBREROS Y CAMPESINOS DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES
- SINDICATO INDUSTRIAL DE TRABAJADORES DEL AUTOTRANSPORTE "PRIMERO DE MAYO" DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA NORTE, C.R.O.C.
- SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES EN GENERAL DE LA INDUSTRIA DE LA LECHE, SUS DERIVADOS, CONEXOS Y SIMILARES DE LA REPUBLICA MEXICANA
De Patrones:
- UNION DE PATRONES PRACTICOS DE COSTA, MARINEROS, MOTORISTAS, FOGONEROS Y PESCADORES DEL PUERTO DE ENSENADA, C.R.O.M.
-CONFEDERACIÓN PATRONAL DE LA REPUBLICA MEXICANA.
SINDICATO UNICO DE PATRONES PUBLICISTAS DE MÉXICO.
SUÁREZ VARELA CÉSAR RÚL
Sindicatos Federales:
ResponderEliminar1.- Sindicato Único de Trabajadores de la Compañía Hulera Good Year Oxo S.A.
2.- Sindicato de Trabajadores y Empleados de la Industria Hulera de la República Mexicana.
3.- Sindicato Nacional de Trabajadores de la Industria Metalurgica y Similares.
Sindicatos Locales:
1.- Sindicato de Trabajadores de la Industria del Gas, Equipos Similares y conexos de la República Mexicana.
2.- Sindicato de Trabajadores de la Industria del Transporte de México.
3.- Sindicato Único de Trabajadores del Volante y Similares de la República Mexicana.
Sindicatos de Patrones:
1.- Confederación Nacional de la República Mexicana COPARMEX.
2.- Confederación de Cámaras Industriales.
3.- Centro Empresarial de Puebla S.P. COPARMEX Puebla
Novena Época
ResponderEliminarNo. Registro: 181431
Instancia: Segunda Sala
Jurisprudencia
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
XIX, Mayo de 2004
Materia(s): Laboral
Tesis: 2a./J. 56/2004
Página: 595
SINDICATOS. SÓLO PUEDEN CONSTITUIRSE POR TRABAJADORES EN ACTIVO O POR PATRONES, Y PARA EFECTOS DE SU REGISTRO DEBE DEMOSTRARSE LA CALIDAD DE SUS AGREMIADOS.
De los artículos 123, apartado A, fracción XVI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 8o. y 10 de la Ley Federal del Trabajo, que definen los conceptos de trabajador y patrón, así como 356, 357, 360, 361 y 364 de esta última legislación, deriva que la representación de los sindicatos de obreros o de patrones debe ser real y auténtica, respecto de los intereses cuyo estudio, mejoramiento o defensa se pretende, por lo que los sindicatos sólo pueden constituirse, según sea el caso, por trabajadores en activo o patrones, pues considerar lo contrario, llevaría al extremo de hacer posible que cualquier grupo de personas integrado por el número mínimo de miembros previsto en el último numeral citado, pueda constituir un sindicato de obreros o de empresarios, sin tener ese carácter, lo que se traduciría en la imposibilidad de cumplir real y efectivamente con la finalidad que orienta el nacimiento de esas agrupaciones, razón por la que para efectos del registro de las citadas agrupaciones ante la autoridad de trabajo correspondiente, debe acreditarse, como presupuesto necesario, que los agremiados del sindicato que se pretende registrar, efectivamente tengan el carácter de trabajadores o de patrones, según sea el caso, además de cumplir con los requisitos impuestos por el diverso artículo 365 de la referida ley obrera.
Contradicción de tesis 172/2003-SS. Entre las sustentadas por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito y el Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Circuito. 2 de abril de 2004. Cinco votos. Ponente: Genaro David Góngora Pimentel. Secretario: José de Jesús Murrieta López.
NACIONALES (federal)
ResponderEliminar1.- SNTMMSRM Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros Metalurgicos y similares de la Republica Mexicana
2.- STPRM.- Sindicato de Trabajadores Petroleros de la Republica Mexicana
3.- SNTE.- Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educacion
4.- SNTINFONAVIT.- Sindicato Nacional de Trabajadores del Infonavit
SINDICATOS LOCALES
1.- SINDICATO DE OBREROS, ARTESANOS, MAESTROS Y SIMILARES "EMANCIPACION PROLETARIA" DE LA FABRICA DE SAN AGUSTIN LOS MOLINOS
2.- SINDICATO DE OBREROS "27 DE ABRIL" DE LA FABRICA DE HILADOS Y TEJIDOS TEXTILES "LAR", S.A.
3.- SINDICATO REVOLUCIONARIO "ALFONSO RIVERA SUAREZ" DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA TEXTIL Y SIMILARES DE LA CIUDAD DE PUEBLA
4.- SINDICATO ÚNICO DE OBREROS TEXTILES DE LA FABRICA "SANTA CRUZ GUADALUPE"
PATRONALES
1.- COPARMEX. Es un Confederación Sindical Patronal
2.- ESCRYT SINDICATO DE ESCRITORES SINDICALIZADOS DE CINE, RADIO Y TELEVISIÓN, SIMILARES Y CONEXOS DE LA REPUBLICA MEXICANA,
3.- CANACINTRA Cámara Nacional de la Industria de Transformación.
Registro No. 207830
ResponderEliminarLocalización:
Octava Época
Instancia: Cuarta Sala
Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
56, Agosto de 1992
Página: 27
Tesis: 4a./J. 10/92
Jurisprudencia
Materia(s): laboral
COMPETENCIA FEDERAL. NO SE DEFINE POR LA CIRCUNSTANCIA DE QUE EL CONTRATO COLECTIVO SE HUBIESE CELEBRADO CON UN SINDICATO NACIONAL.
Para que se surta la competencia de las Juntas Federales de Conciliación y Arbitraje en los términos del artículo 527, fracción I, de la Ley Federal del Trabajo, debe tomarse en consideración la actividad industrial que desempeña la empresa patronal. Por ello, la circunstancia de que la empresa haya celebrado contrato colectivo con un sindicato nacional, no puede definir la competencia federal, pese a que dicha agrupación sindical tenga ese carácter.
Competencia 243/89. Suscitada entre la Junta Especial Número Catorce de la Federal de Conciliación y Arbitraje y la Junta Especial Número Uno de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Tamaulipas. 23 de noviembre de 1989. Cinco votos. Ponente: Juan Díaz Romero. Secretaria: María del Refugio Covarrubias de Martín del Campo.
Competencia 245/89. Suscitada entre la Junta Especial Número Catorce de la Federal de Conciliación y Arbitraje y la Junta Especial Número Uno de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Tamaulipas. 23 de noviembre de 1989. Cinco votos. Ponente: Ulises Schmill Ordóñez. Secretario: Hugo Arturo Baizabal.
Competencia 310/89. Suscitada entre la Junta Especial Número Dieciséis de la Federal de Conciliación y Arbitraje y la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Jalisco. 12 de marzo de 1990. Cinco votos. Ponente: Juan Díaz Romero. Secretaria: María del Refugio Covarrubias de Martín del Campo.
Competencia 49/91. Suscitada entre la Junta Especial Número Dos de la Local de Conciliación y Arbitraje y del Estado de Puebla y la Junta Especial Número Catorce de la Federal de Conciliación y Arbitraje. 2 de septiembre de 1991. Cinco votos. Ponente: Carlos García Vázquez. Secretario: Emiliano Hernández Salazar.
Competencia 73/92. Suscitada entre la Junta Especial Número Treinta y Dos de la Federal de Conciliación y Arbitraje en el Estado de Oaxaca y la Junta Especial Número Dos Bis de la Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Oaxaca. 15 de junio de 1992. Cinco votos. Ponente: Carlos García Vázquez. Secretaria: Guadalupe Cueto Martínez.
Tesis de Jurisprudencia 10/92. Aprobada por la Cuarta Sala de este alto Tribunal en sesión privada celebrada el primero de julio de mil novecientos noventa y dos. Cinco votos de los señores ministros: Presidente Carlos García Vázquez, Juan Díaz Romero, Ignacio Magaña Cárdenas, Felipe López Contreras y José Antonio Llanos Duarte.
SINDICATOS DE JURISDICCIÓN FEDERAL:
ResponderEliminar1. Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos y Similares de la República Mexicana. (SNTMMSRM)
2.Sindicato de Trabajadores de la Producción Cinematográfica.(STPC)
3. Sindicato de Trabajadores de la Industria Papelera, Cartonera, Maderera, Celulosas sus Materias Primas, Similares y Conexos de la República Mexicana.
SINDICATOS DE JURISDICCIÓN LOCAL:
1. Sindicato de Empleados y Trabajadores del Nacional Monte de Piedad.
2. Sindicato de Trabajadores Industriales de Empresas Comerciales y Maquiladoras, Similares y Conexos del Estado de Sinaloa.
3. Unión de Trabajadores de Restaurantes, Bares, Hoteles, Centros Nocturnos, Centros Deportivos, Recreativos y Sociales del D.F.
SINDICATOS DE PATRONES:
1. Confederación Patronal de la República Mexicana.
2. Cámara Nacional de la Industria de la Transformación.
3.Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo.
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ResponderEliminarRegistro No. 253702
ResponderEliminarLocalización:
Séptima Época
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
90 Sexta Parte
Página: 79
Tesis Aislada
Materia(s): laboral
SINDICATOS PATRONES. CUANDO TIENEN ESE CARACTER.
Conforme a lo dispuesto por los artículos 8o. y 10 de la Ley Federal del Trabajo, en interpretación hermenéutica, si un trabajador presta un servicio personal subordinado a un sindicato, es inconcuso que éste tiene el carácter de patrón, salvo que las actividades que desempeñe sean de comisionado en función sindical, con percepción de salarios por tareas diversas a la organización.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Amparo directo 407/75. "Sindicato Nacional Independiente de Trabajadores de Diesel Nacional", S.A. 15 de junio de 1976. La publicación no menciona el sentido de la votación. Ponente: Salvador Bravo Gómez. Secretario: Enrique Campos Fritz.
Nota: En el Informe de 1976, la tesis aparece bajo el rubro "SINDICATOS. CUANDO TIENEN CARACTER DE PATRON.".
Genealogía:
Informe 1976, Tercera Parte, Tribunales Colegiados de Circuito, tesis 35, página 353.
SINDICATOS DE TRABAJADORES DE JURISDICCIÓN FEDERAL
ResponderEliminar1.- Asociación nacional de obreros, obreras, y empleados de la industria de la costura y conexos de la república mexicana.
2.- Sindicato de trabajadores de la industria del gas, similares y conexos de la república mexicana.
3.- Sindicato nacional de trabajadores y empleados de la industria metalúrgica, electrónica y similares de la república mexicana
SINDICATOS DE TRABAJADORES DE JURISDICCIÓN LOCAL
1.- Unión de empleados de hoteles, restaurantes, cantinas, cafés y similares del estado de Morelos
2.- Sindicato de trabajadores de la industria elaboradora, envasadora y repartidora de bebidas del estado de Morelos
3.- Asociación de trabajadores jornaleros, asalariados del campo y actividades agropecuarias, silvícolas mantenimiento y vigilancia similares y conexos del estado de Morelos.
SINDICATOS DE PATRONES
1.- Sindicato único de patrones publicistas de México.
2.- Cámara de la industria de la transformación
3.- Asociación nacional de tiendas de autoservicio y departamentales
BIBLIOGRAFÍA: http://www.ngs.org.mx/index.html
(VARGAS PARRA JORGE LUIS)
CON LA INTENCIÓN DE OBTENER MI PARTICIPACIÓN EXTRA COMPARTO LA SIGUIENTE JURISPRUDENCIA:
ResponderEliminarRegistro No. 230462
Localización:
Octava Época
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
II, Segunda Parte-2, Julio a Diciembre de 1988
Página: 471
Tesis Aislada
Materia(s): laboral
RELACION LABORAL, NO EXISTE ENTRE EL TRABAJADOR JUBILADO Y EL SINDICATO DE TRABAJADORES FERROCARRILEROS DE LA REPUBLICA MEXICANA CUANDO SUS LABORES SON DE ASESORIA.
El trabajador jubilado que anteriormente había desempeñado una comisión sindical, si después de jubilado sigue prestando servicios para el mismo Sindicato de Trabajadores Ferrocarrileros de la República Mexicana, lo hace como socio jubilado y en estas circunstancias no es posible estimar que exista una relación de trabajo y considerar al demandante como trabajador de dicho sindicato, sino como colaborador del mismo, puesto que como socio coadyuvaba al logro de los fines para los cuales fue creada la asociación profesional y a quienes prestó sus servicios fue a los demás agremiados, compañeros del propio reclamante ya que fue primero socio activo y después socio jubilado del sindicato referido; en consecuencia, el vínculo que lo unió con el gremio demandado no tiene el carácter de laboral, sino de asesoría.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Amparo directo 1365/87. José Luis Vergara Castro. 10 de noviembre de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Horacio Cardoso Ugarte. Secretaria: Teresa Sánchez Medellín.
(VARGAS PARRA JORGE LUIS)
Rosas Escareño Jonathan Fernando
ResponderEliminarSindicatos Federales:
• -Sindicato de la Tabacalera Mexicana.
• Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social
• -Sindicato Federal de Correos y Telégrafos.
Sindicatos locales
• .-Sindicato Único de Trabajadores y Empleados de la Universidad Autónoma del Estado de México.
• -Sindicato de Trabajadores de la Construcción.
• . Sindicato de Banamex
SINDICATOS PATRONALES.
• Sindicato Único de Patrones Publicistas de México.
• Cámara Nacional de la Industria de Transformación. CANACINTRA.
• SINDICATO DE TRANSPORTE URBANO DEL ESTADO DE JALISCO
Federales:
ResponderEliminarSindicato de Trabajadores al Servicio de la Educación.
Sindicato de Telefonistas de la República Mexicana
Sindicato Nacional de Controladores de Tránsito Aéreo
Locales:
Sindicato de Trabajadores de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
Sindicato de Trabajadores de la Universidad de Guadalajara.
Sindicato Unico de Trabajadores al Servicio del Municipio.
Sindicato patronales:
Cámara Nacional de la Industria de Restaurantes y Alimentos Condimentado CANIRAC.
La Confederación Patronal de la República Mexicana.
Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo.
...Continuación, los sindicatos faltantes de patrones son:
ResponderEliminar2)COPARMEX (Confederación Patronal de la República Mexicana).
3)CANAINTEX (Cámara Nacional de la Industria Textil).
CIBERGRAFÍA.
www.coparmex.org.mx
http://www.canaintex.org.mx/
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ResponderEliminarEstatal
ResponderEliminarSindicato Estatal De Trabajadores Al Servico De La Educación
Sindicato Estatal de Trabajadores del Magisterio Veracruzana
Sindicato Estatal de Salud.
Patronales
Cámara Nacional de la Industria de Transformación.
La Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio
Confederación Patronal de la República Mexicana
Federal
Sindicato Nacional de Pilotos de Puerto
Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social Sección
Sindicato Nacional de los Trabajadores de la Educación
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ResponderEliminarPero, ¿qué es un Sindicato?
ResponderEliminarDeacuerdo con García Abellan, la palabra sindicato deriva del griego sundiké y significa "justicia comunitaria", o bien "idea de administración y atención de una comunidad" y aparece utilizada por primera vez en una federación parisiense denominada "Chambre sinycale du bâtiment de la Sainte Chapelle" aproxidamente en 1810.
Nestor de Buen define al sindicato como la persona social, libremente constituida por trabajadores o por patrones para la defensa de sus intereses de clase".
BIBLIOGRAFÍA.
Córdova Gutiérrez, Alberto."Los beneficios y costos económicos del Sindicalismo en México", Instituto de Investigación Económica y Social Lucas Alamán A.C.,México,D.F.,2005,pp.197.
*Revisar pp.1-2.
SINDICATOS FEDERALES:
ResponderEliminar- SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN (SNTE)
-SINDICATO DE TELEFONISTAS DE LA REPÚBLICA MEXICANA (STRM)
- SINDICATO INDUSTRIAL DE TRABAJADORES Y ARTISTAS DE TELEVISIÓN Y RADIO SIMILARES Y CONEXOS (SITATYR)
SINDICATOS LOCALES:
- SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL
- SINDICATO UNICO DEL HOSPITAL CIVIL DE GUADALAJARA
- SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DE FIBRAS ARTIFICIALES
SINDICATOS DE PATRONES
-CONFEDERACIÓN DE CAMARAS NACIONALES DE COMERCIO (CONCANACO)
- CONFEDERACION DE CAMARAS INDUSTRIALES DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS (CONCAMIN)
- CAMARA NACIONAL DE LA INDUSTRIA DE LA TRANSFORMACION (CANACINTRA)
jurisdicción federal:
ResponderEliminar1.-SINDICATO DE TRABAJADORES DE ARTES GRAFICAS, CONEXOS Y SIMILARES DE LA REPUBLICA MEXICANA
2.-SINDICATO DE TRABAJADORES Y AGENTES DE LABORATORIOS Y SIMILARES DE LA REPUBLICA MEXICANA
3.-SINDICATO NACIONAL PROGRESISTA DE EMPLEADOS Y TRABAJADORES DE AUTOTRANSPORTE DE SERVICIO PUBLICO FEDERAL EN LA REPUBLICA MEXICANA
jurisdicción local:
1.-SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES SALINEROS DE LAS COLORADAS "ANGEL EK BALAM "
2.-FEDERACION DE TRABAJADORES DEL ESTADO DE VERACRUZ
3.-SINDICATO NACIONAL DE INDUSTRIA DE TRABAJADORES DEL RAMO DE AUTOTRANSPORTES EN GENERAL SAN JUAN TEOTIHUACAN
sindicatos de patrones:
1.-Centro Empresarial de Puebla S.P. COPARMEX Puebla.
2.-Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo.
3.-Cámara Nacional de la Industria de Restaurantes y Alimentos Condimentado CANIRAC.
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ResponderEliminarSINDICATOS DE TRABAJADORES DE JURISDICCIÓN FEDERAL
ResponderEliminar1. Sindicado Nacional de Trabajadores y Empleados de la Industria del Hule, Látex, Plástico y Similares de la República Mexicana
2. Sindicato Nacional de Trabajadores de las Música de la República Mexicana
3. Sindicato Nacional de Trabajadores de la Industria del Pan y Similares de la República Mexicana
SINDICATOS DE TRABAJADORES DE JURISDICCIÓN LOCAL
1. Sindicato de Trabajadores de la Compañía Industrial Azucarera San Pedro, S.A. de C.V.
2. Federación Auténtica de trabajadores del Estado de Veracruz
3. Sindicato de Trabajadores en la Industria Siderúrgica y Similares en el Estado de Jalisco
SINDICATOS DE PATRONES
1. Confederación de Cámaras Industriales
2. Confederación Nacional de Organizaciones Ganaderas
3. Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo
COMO SINDICATOS DE TRABAJADORES A NIVEL FEDERAL CITO LOS SIGUIENTES: El Sindicato de Telefonistas de la Republica Mexicana - Organizacion, servicios, accion social, capacitacion y politica sindical. El Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educacion - Acciones, miembros y Secretaria de Prensa y Propaganda y el Sindicato Único Nacional de Trabajadores Universitarios.
ResponderEliminarCOMO EJEMPLOS DE SINDICATOS DE TRABAJADORES A NIVEL LOCAL ESTAN: El Sindicato unico de Trabajadores de la Musica del Distrito Federal- Informes sobre su estudio de grabacion, escuela de musica y bolsa de trabajo, La union de trabajadores de restaurantes, bares, hoteles, centros nocturnos, centros deportivos, recreativos y sociales del Distrito Federal Y La union mexicana de empleados y trabajadores de la asitencia medica en el distrito federal.
Y EN CUANTO A LOS SINDICATOS DE PATRONES REFIERO LOS SIGUIENTES: El Sindicato Único De Patrones Publicistas De México, El Sindicato de Patrones de empresas de super mercados, tiendas de autoservicio, oficinas y bodegas comerciales y conexos en el distrito federal y la Asociación Nacional Patronal de la Industria y la Transformación.
AUNADO A ESTO COMPARTO LA SIGUIENTE TESIS QUE TIENE RELACIÓN CON LOS SINDICATOS:
CANCELACIÓN DEL REGISTRO DE UN SINDICATO, IMPROCEDENCIA DE LA ORDEN DE.- Es improcedente la orden de cancelacion del registro de un sindicato de trabajadores, emitida por la junta de conciliación y Arbitraje, en el caso de que se den por terminadas las relaciones laborales por parte de la empresa, pero existan prestaciones pendientes de liquidar debidamente a los miembros del sindicato. (Tesis No. 27. Sala Auxiliar SCJN Informe 1987, p 30)
PÉREZ JIMÉNEZ CARLOS ANTONIO
ResponderEliminarSINDICATOS DE TRABAJADORES DE JURISDICCIÓN FEDERAL:
*Sindicato de Empleados Textiles de Industria y Afines de la Republica Mexicana (SETIA)
* Sindicato Único de Trabajadores Electricistas de la República Mexicana
*Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos y Similares de la Republica Mexicana (SNTMMSRM)
SINDICATOS DE TRABAJADORES DE JURISDICCIÓN LOCAL:
* Sindicato de Trabajadores Embotelladores, Agencias Distribuidoras de Refrescos, Cervezas y Similares del Estado de México.
*Sindicato Único de Trabajadores y Empleados de la Universidad Autónoma del Estado de México.
*Sindicato de Empleados y Trabajadores del Nacional Monte de Piedad.
SINDICATOS PATRONALES:
*Confederación Patronal de la Republica Mexicana (COPARMEX)
*Cámara Nacional de la Industria de Transformación. (CANACINTRA)
*Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo (CONCANACO)
PÉREZ JIMÉNEZ CARLOS ANTONIO
ResponderEliminarPARTICIPACIÓN EXTRA
Registro No. 180803
Localización:
Novena Época
Instancia: Segunda Sala
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
XX, Agosto de 2004
Página: 417
Tesis: 2a./J. 101/2004
Jurisprudencia
Materia(s): laboral
REGISTRO DE SINDICATOS FEDERALES. CONTRA SU NEGATIVA PROCEDE EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO SIN QUE DEBA AGOTARSE, PREVIAMENTE, EL RECURSO DE REVISIÓN PREVISTO EN EL ARTÍCULO 83 DE LA LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO, EN VIRTUD DE QUE ES UN ACTO PREPONDERANTEMENTE LABORAL.
El registro de sindicatos federales, previsto en los artículos 365, 366 y 368 de la Ley Federal del Trabajo, es competencia de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social a través de la Dirección General de Registro de Asociaciones, por lo que si bien es un acto formalmente administrativo por su génesis, desde el punto de vista material constituye un acto de naturaleza preponderantemente laboral, mediante el cual se justifica ante cualquier autoridad la personalidad y capacidad de las organizaciones sindicales, con la particularidad de que cuando no se satisfacen los requisitos establecidos en los numerales citados, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social está facultada para negar dicho registro, pero en contra de esa negativa no procede el recurso de revisión previsto en el artículo 83 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, atento a que en su artículo 1o. expresamente se excluye de su aplicación a la materia laboral, de cuya naturaleza material participa el referido registro sindical, de tal manera que contra dicha negativa los entes sindicales no tienen la carga de agotar ese medio ordinario de defensa, sino que pueden acudir desde luego al juicio de garantías ante Juez de Distrito, conforme al artículo 114, fracción II, de la Ley de Amparo.
Contradicción de tesis 80/2004-SS. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Noveno, Décimo Primero, Décimo Quinto, todos en Materia de Trabajo del Primer Circuito y Sexto en Materia Administrativa del mismo circuito. 2 de julio de 2004. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Guillermo I. Ortiz Mayagoitia. Ponente: Juan Díaz Romero. Secretaria: Sofía Verónica Ávalos Díaz.
Tesis de jurisprudencia 101/2004. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del nueve de julio de dos mil cuatro.
para mi participacion extra cito la siguiente jurisprudencia
ResponderEliminarRegistro No. 167359
Localización:
Novena Época
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
XXIX, Abril de 2009
Página: 1964
Tesis: III.1o.T.103 L
Tesis Aislada
Materia(s): laboral
SINDICATOS. TRATÁNDOSE DE AQUELLOS DE COMPETENCIA FEDERAL, SÓLO PUEDEN INTEGRARLOS OPERARIOS DE FUENTES DE TRABAJO CUYAS ACTIVIDADES SE ENCUENTREN INCLUIDAS DENTRO DE ALGUNA DE LAS RAMAS INDUSTRIALES, DE SERVICIOS O EMPRESAS QUE SE ENLISTAN EN LOS INCISOS A) Y B) DE LA FRACCIÓN XXXI DEL APARTADO "A" DEL ARTÍCULO 123 CONSTITUCIONAL.
Acorde con la distribución competencial entre los Estados y la Federación, establecida por el artículo 123 constitucional, apartado "A", fracción XXXI, incisos a) y b), el artículo 365 de la Ley Federal del Trabajo, estatuye que los sindicatos deben registrarse en la Secretaría del Trabajo y Previsión Social en los casos de competencia federal y en las Juntas de Conciliación y Arbitraje los de competencia local. En consecuencia, si a un sindicato se le otorga el registro federal, el actuar de dicho sindicato, no puede, legalmente, incluir a otros sectores cuya competencia, por exclusión, corresponde al ámbito local, toda vez que, para que un sindicato pueda considerarse de competencia federal, acorde con la distribución atinente, prevista en la Carta Magna, es necesario que las actividades de sus miembros se encuentren incluidas dentro de alguna de las ramas industriales, de servicios o empresas que se enlistan en los incisos a) y b) de la fracción XXXI del apartado "A" del artículo 123 constitucional, en tanto que, de no acontecer lo anterior, dicho sindicato sería de competencia local. Estimar lo contrario, haría inútil la disposición de la Ley Federal del Trabajo, que reconoce la diferencia entre sindicatos de competencia federal y local, al disponer que deben registrarse en la Secretaría del Trabajo y Previsión Social los primeros, y en las Juntas de Conciliación y Arbitraje los segundos, ya que si los de competencia federal, pudieran incluir a otros sectores cuya competencia corresponde al ámbito local, y viceversa, ningún objeto práctico tendría prever tal diferencia.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL TERCER CIRCUITO.
Amparo en revisión 189/2008. Sindicato Revolucionario de Trabajadores del Comercio en General de la República Mexicana. 18 de marzo de 2009. Unanimidad de votos. Ponente: Alfonsina Berta Navarro Hidalgo. Secretario: Omar Espinoza Hoyo.
SINDICATOS DE TRABAJADORES DE JURISDDICIÓN FEDERAL:
ResponderEliminarI.- Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana.
II.- Sindicato Único de Trabajadores Electricistas de la República Mexicana.
III.- Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social
SINDICATO DE TRABAJADORES DE JURISDICCIÓN LOCAL:
I.- Sindicato de Maestros al Servicio del Estado de Mexico
II.- Sindicato Independiente de Trabajadores del Colegio de Bachilleres del Estado de Michoacán
III. Sindicato Único de Trabajadores del Gobierno del Distrito Federal
Sindicato de Patrones:
I.- Camara Nacional de la Industria de Transformacion
II.- Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio
III. Confederación Nacional de Organizaciones Ganaderas.
SINDICATOS DE TRABAJADORES DE JURISDDICIÓN FEDERAL:
ResponderEliminarI.- Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana.
II.- Sindicato Único de Trabajadores Electricistas de la República Mexicana.
III.- Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social
SINDICATO DE TRABAJADORES DE JURISDICCIÓN LOCAL:
I.- Sindicato de Maestros al Servicio del Estado de Mexico
II.- Sindicato Independiente de Trabajadores del Colegio de Bachilleres del Estado de Michoacán
III. Sindicato Único de Trabajadores del Gobierno del Distrito Federal
SINDICATO DE PATRONES
I.- Sindicato Ùnico de patrones Publicistas de Mèxico.
II.- Confederación Patronal de la República Mexicana.
II.- Confederaciòn de Camaras Nacionales de Comercio y Turismo.
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ResponderEliminarcesar garcia reyes
ResponderEliminarSindicatos de trabajadores de jurisdicción federal
1)Sindicato Mexicano de Electricistas –
2)Sindicato de Trabajadores Ferrocarrileros de la República Mexicana.
3)Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Nuclear (SUTIN)
Sindicatos de trabajadores de jurisdicción local.
1)Unión de la Clase Trabajadora, UCLAT
2)Sindicato único de Trabajadores de la Música del Distrito Federal
3)Unión de Trabajadores de Restaurantes, Bares, Hoteles, Centros Nocturnos, Centros Deportivos, Recreativos y Sociales del D.F
Sindicatos de patrones.
1)La Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo (Concanaco).
2)La Confederación de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos, (CONCAMIN).
3)La Cámara Nacional de la Industria de Transformación (CANACINTRA)
Sindicato de Trabajadores de Jurisdicción Federal:
ResponderEliminar1) Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación
2) Sindicato de Trabajadores de Ferrocarrileros de la República Mexicana
3) Sindicato de Telefonistas de la Républica Mexicana
Sindicato de Trabajadores de Jurisdicción local:
1) Sindicato de Trabajadores de Música de Acapulco
2) Sindicato de Servidores Públicos de la Ciudad de México
3)Sindicato de Maestros al Servicio del Estado de México.
Sindicato de Patrones:
1) Confederación Nacional Turistica
2) Confederación Patronal de la República Mexicana
3) Asociación Mexicana de Pediatría A.C
SINDICATOS DE TRABAJADORES DE JURISDICCION FEDERAL
ResponderEliminar1.SINDICATO DE TRABAJADORES DE PRODUCTOS METALICOS, ANEXOS Y SIMILARES DE LA REPUBLICA MEXICANA.
2. SINDICATO INDUSTRIAL DE TRABAJADORES DE LA MADERA, INDUSTRIA MUEBLERA, SIMILARES Y CONEXOS DE LA REPUBLICA MEXICANA.
3.SINDICATO REVOLUCIONARIO DE TRABAJADORES Y EMPLEADOS DE PRODUCTOS QUIMICOS FARMACEUTICOS, SIMILARES Y CONEXOS DE LA REPUBLICA MEXICANA "MODESTO C. FLORES"
SINDICATOS DE TRABAJADORES EN JURISDICCION LOCAL
1. SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL TRANSPORTE DE MEXICO.
2. SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA MERCK, S.A. DE C.V.
3. SINDICATO AUTENTICO DE TRABAJADORES DE LA NUEVA FABRICA NACIONAL DE VIDRIO, S.A.
SINDICATO DE PATRONES
1. UNION DE PATRONES PRACTICOS DE COSTA, MARINEROS, MOTORISTAS, FOGONEROS Y PESCADORES DEL PUERTO DE ENSENADA, C.R.O.M.
2.CONFEDERACION PATRONAL DE LA REPUBLICA MEXICANA
3.CONFEDERACION NACIONAL DE LA REPUBLICA MEXICANA (COPARMEX).
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ResponderEliminarSíndicatos de jurisdiccion federal:
ResponderEliminar1)Sindicato Nacional de Obreros y Empleados de
Laboratorios Médicos, Farmacias, Hospitales,
Similares y Conexos de la República Mexicana
2)Sindicato de Obreros y Empleados de la Industria del Metal, Siderúrgica y Conexos de la
República Mexicana.
3)Sindicato Nacional “Felipe Carrillo Puerto” de
Trabajadores de la Industria de la Construcción,
Similares y Conexos de la República Mexicana
Sindicatos de patrones
1)UNIÓN DE CONCESIONARIOS DE TRANSPORTE
URBANO Y SUBURBANO DEL MUNICIPIO DE
NANCHITAL DE LÁZARO CÁRDENAS DEL RÍO, VER.,
ADHERIDA A LA C.T.M.
2)UNIÓN DE PROPIETARIOS TRANSPORTISTAS DEL
SERVICIO MIXTO RURAL DEL MUNICIPIO DE
CHACALTIANGUIS, PEPIAPA, TABLERO, ARROYO
CLARO, DOBLADERO, MATA DE CAÑA, LOMA DE LAS
NEGRAS, JOACHÍN, PALMICHAL, LAGUNA DE
LAGARTO, LAS MESAS, SABANETAS Y DESVIACIÓN
3)UNION SINDICAL DE RESTAURANTES, BARES,
VIDEOS, ABARROTES, CERVECERÍAS, VINATERIAS Y
DEPOSITO DEL MUNICIPIO DE TUXPAN, VER.
Sindicatos de jurisdiccion local:
1)SINDICATO INDUSTRIAL DE TRABAJADORES DE
CAFÉ, TABACO, MADERAS, DESTILADORAS DE
AGUARDIENTE Y COMERCIO DEL DISTRITO CÓRDOBA VERACRUZ
2)SINDICATO DE OBREROS, PANADEROS, REPOSTEROS
Y SIMILARES DE XALAPA, VER
3)SINDICATO DE ALBAÑILES, AYUDANTES Y
SIMILARES DE LA RAMA DE LA CONSTRUCCIÓN EN
GENERAL Y EMPRESAS PARTICULARES DEL
MUNICIPIO DE COATZACOALCOS, VER.
Yañez Arellano Estela
ResponderEliminarSindicatos
Un sindicato es una organización democrática, integrada por trabajadores en defensa y promoción de sus intereses sociales, económicos y profesionales relacionados con su actividad laboral, respecto al centro de producción (fábrica, taller, empresa) o al empleador con el que están relacionados contractualmente.
SINDIATOS DE JURISDICCIÒN FEDERALES
Asociación Sindical de Pilotos Aviadores de México (ASPA)
Asociación Sindical de Sobrecargos de Aviación de México (ASSA)
Confederación Nacional Campesina (CNC)
Ubicada en: México
Sindicato de Empleados de BBVA Bancomer
SINDICATOS DE JURISSDICCÒN LOCAL
Sindicatos locales de maestros de educación básica, del Sistema Intermunicipal de Agua Potable y Alcantarillado (SIAPA)
Asociación de Radiodifusores del Valle de México
Asociación Mexicana de Agencias de Investigación de Mercado y Opinión Pública
Cámara Nacional de la Industria Editorial Mexicana
SINDICATOS DE JURISDICCIÒN PATRONAL
Sindicato Unico de Patrones Publicistas de Mexico
FGTEM - Federación General de Trabajadores del Estado y Municipios
Sindicato Nacional de Trabajadores Terraceros Constructores y Conexos de la República Mexicana
*SINDICATOS FEDERALES:
ResponderEliminar1.-Sindicato Federal de Correos y Telegrafos
2.-Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana
3.- Sindicato Nacional de Trabajadres Textiles de México
*SINDICATOS LOCALES
1.-El Sindicato de Domésticas
y Similares de Tampico y sus Colonias
2.-Sindicato de trabajadores dela Industria del Transporte de México
3.-Sindicato de Trabajadores de la Construccion
*SINDICATOS PATRONALES
1.-Sindicato Unico de Patrones Publicistas de México
2.-Comision Nacionl de la Industria de la Transformación
3.-Sindicato de Empresa LIDO S.A. (SELSA)
Un sindicato es:
ResponderEliminarUna organizacion o asociacion profesional compuesta o integrada por personas que, ejerciendo el mismo oficio o profesion, similar o conexo, se unen para el estudi y proteccion de los intereses que les son comunes.
Acontinuacion se muestra una clasificacion de los sindicatos.
Sindicato de Trabajadores de Jurisdiccion Federal.
i.- Sindicato Federal de Telegrafos y Correos.
ii.- Sindicato de empleados textiles de Industria y Afines a la Republica Mexicana.
iii.- Sindicato Revolucionario de Trabajadores y empleados de prodcutos quimicos farmaceuticos, similares y conexos de la Republica Mexicana "Modesto C. Flores"
Sindicato de Trabajadores en jurisdicion Local.
i.- Sindicato de maestros al Servicio del estado de Mexico.
ii.- Federacion Revolucionaria de obreros y campesinos del Estado de Aguascalientes.
iii.- Sindicato Unico de Trabajadores Salineros de las coloradas "Angel Ek Balam"
Sindicatos Patronales:
i.- Camara Nacional de la Industria de restaurantes y Alimentpos condimentados CANIRAC.
ii.- COPARMEX. Es una confederacion Sindical Patronal.
iii.- Camara de la Industria de la Transformacion.
Catalàn Duarte Diego Armando.
SINDICATOS DE TRABAJADORES DE JURISDICCION LOCAL
ResponderEliminar-SINDICATO DE MOLINEROS DEL DISTRITO FEDERAL
-UNION SINDICAL DE OBRERAS Y EMPLEADAS DE LA INDUSTRIA CORSETERA Y SIMILARES DEL DISTRITO FEDERAL
-UNION DE TRABAJADORES DE PLANCHADURIAS, TINTORERIAS Y CONEXOS DEL D.F
SINDICATO DE TRABAJADORES DE JURISDICCION FEDERAL
-SINDICATO MEXICANO DE ELECTRICISTAS (SME)
-SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DEL SISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVO METRO
-SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA CINEMATOGRAFICA (STIC)
SINDICATOS PATRONALES
-SINDICATO UNICO DE PATRONES PUBLICISTAS DE MEXICO
-CONFEDERACION PATRONAL DE LA REPUBLICA MEXICANA (COPARMEX)
-CONFEDERACION DE CAMARAS INDUSTRIALES
SINDICATOS. LA AUTORIDAD LABORAL TIENE FACULTAD PARA COTEJAR LAS ACTAS DE ASAMBLEA RELATIVAS A LA ELECCIÓN O CAMBIO DE LA DIRECTIVA, A FIN DE VERIFICAR SI EL PROCEDIMIENTO SE APEGÓ A LOS ESTATUTOS O, SUBSIDIARIAMENTE, A LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO.
ResponderEliminarEs cierto que en la Ley Federal del Trabajo no existe ningún precepto legal que faculte de manera expresa a la autoridad del trabajo encargada de tomar nota del cambio de directiva de los sindicatos, para cotejar si las actas y documentos que le presentan los representantes sindicales se ajustan, o no, a las reglas estatutarias; sin embargo, tal facultad se infiere con claridad de la interpretación armónica y concatenada de los artículos 365, fracción III, 371 y 377, fracción II, de la Ley Federal del Trabajo, en cuanto establecen que para obtener su registro, los sindicatos deben exhibir copia de sus estatutos, los cuales deben reglamentar los puntos fundamentales de la vida sindical y que deben comunicar los cambios de su directiva "acompañando por duplicado copia autorizada de las actas respectivas"; requisitos que, en conjunto, justifican que la autoridad laboral verifique si el procedimiento de cambio o elección de directiva se apegó a las reglas estatutarias que reflejan la libre voluntad de los agremiados, máxime si se toma en consideración la gran importancia de la toma de nota, ya que la certificación confiere a quienes se les otorga no sólo la administración del patrimonio del sindicato, sino la defensa de sus agremiados y la suerte de los intereses sindicales. En tal virtud, no es exacto que ese cotejo constituya una irrupción de la autoridad en demérito de la libertad sindical consagrada en la Carta Fundamental, y tampoco es verdad que la negativa a tomar nota y expedir la certificación anule la elección, pues esto sólo podría ser declarado por una Junta de Conciliación y Arbitraje, oyendo a los afectados a través de un juicio, quienes en todo caso, podrán impugnar esa negativa a través del juicio de garantías.
Contradicción de tesis 30/2000-SS. Entre las sustentadas por el Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito y el Segundo Tribunal Colegiado del Tercer Circuito. 6 de septiembre del año 2000. Cinco votos. Ponente: Juan Díaz Romero. Secretario: Raúl García Ramos.
Tesis de jurisprudencia 86/2000. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del trece de septiembre del año dos mil.
No. Registro: 191,662
Jurisprudencia
Materia(s): Laboral
Novena Época
Instancia: Segunda Sala
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
XI, Junio de 2000
Tesis: 2a./J. 51/2000
Página: 59
OJEDA JIMÉNEZ JOSÉ RAÚL
ResponderEliminarSINDICATOS LOCALES
1.- sindicato de obreros, artesanos, maestros y similares "emancipación proletaria" de la fabrica de san Agustín los molinos
2.- sindicato de obreros "27 de abril" de la fabrica de hilados y tejidos textiles "lar", s.a.
3.- sindicato revolucionario "Alfonso Rivera Suarez" de trabajadores de la industria textil y similares de la ciudad de puebla
SINDICATOS DE JURISDICCIÓN FEDERAL:
1. Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos y Similares de la República Mexicana. (SNTMMSRM)
2. Sindicato de Trabajadores de la Producción Cinematográfica. (STPC)
3. Sindicato de Trabajadores de la Industria Papelera, Cartonera, Maderera, Celulosas sus Materias Primas, Similares y Conexos de la República Mexicana
SINDICATOS PATRONALES.
1.- Sindicato único de patrones publicistas de México.
2.-Cámara nacional de la industria de transformación
3.-Sindicato de transporte urbano del estado de Jalisco.
SINDICATOS DE JURISDICCIÓN FEDERAL
ResponderEliminar1.- Unión Nacional de Organizaciones Regionales Campesinas Autónomas (UNORCA)
2.- Sindicato Nacional de Trabajadores Textiles de México
3.-Sindicato Federal Ferroviario.
SINDICATOS DE JURISDICCIÓN LOCAL:
1.-Sindicato de Empleados y Trabajadores del Nacional Monte de Piedad.
2.- Sindicato Estatal de Trabajadores del Magisterio Veracruzana
3.- Unión de Trabajadores de Restaurantes, Bares, Hoteles, Centros Nocturnos, Centros Deportivos, Recreativos y Sociales del D.F.
SINDICATOS PATRONALES
1.- Confederación Patronal de la República Mexicana, S.P. COPARMEX:
2.- Sindicato Único de Patrones Publicistas de México.
3.- Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo. CONCANACO
CARLOS GUSTAVO RODRIGUEZ MANZANILLA
JUAREZ FLORES ADOLFO
ResponderEliminarSINDICATOS LOCALES:
1.-AGRUPACION SINDICALISTA FRANCISCO FERRER GUARDIA DE OBREROS ARTESANOS Y SIMILARES DE LA FABRICA LA COVADONGA
2.-SINDICATO DE OBREROS Y ARTESANOS DE LA INDUSTRIA CERVECERA Y COMPLEMENTARIAS
3.- SINDICATO DE OBREROS, ARTESANOS, MAESTROS Y SIMILARES "EMANCIPACION PROLETARIA" DE LA FABRICA DE SAN AGUSTIN LOS MOLINOS
SINDICATOS FEDERALES:
1.-SINDICATO DE TRABAJADORES DE PRODUCTOS PESQUEROS DE MATANCITAS, C.T.M.
2.-SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA AZUCARERA Y SIMILARES DE LA REPUBLICA MEXICANA
3.-SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA CEMENTERA Y SUS DERIVADOS, SIMILARES Y CONEXOS DE LA REPUBLICA MEXICANA
ASOCIACIONES DE PATRONES Y/O SINDICATOS DE PATRONES:
1.-UNION DE PATRONES PRACTICOS DE COSTA, MARINEROS, MOTORISTAS, FOGONEROS Y PESCADORES DEL PUERTO DE ENSENADA, C.R.O.M.
2.-CONFEDERACION PATRONAL DE LA REPUBLICA MEXICANA
3.-FEDERACION DE ASOCIACIONES INDUSTRIALES TEXTILES AGREMIADAS
SINDICATOS FEDERALES:
ResponderEliminar1.- SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA AZUCARERA
2.- SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES MINEROS Y METALURGICOS DE MEXICO .
3.- SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA AUTOMOTRIZ
SINDICATOS LOCALES:
1.- UNION DE TRABAJDORES DE LA INDUSTRIA DE MADERA, EBANO Y CARPINTEROS DEL DF
2.- UNION MEXICANA DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA AUTOMOTRIZ DEL DF
3.- SINDICATO DE TRABAJADORES EMPLEADOS DE HOTELES DEL DF
SINDICATOS PATROALES:
1.- CÀMARA NACIONAL DE LA INDUSTRIA DE TRANSFORMACION. CANACINTRA
2.- CAMARA NACIONAL DE LA INDUSTRIA TEXTIL
3.- CAMARA NACIONAL DE LA INDUSTRIA DEL VESTIDO
Sindicatos de trabajadores de Jurisdicción Federal:
ResponderEliminar1.-SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA QUIMICA, PETROQUIMICA, CARBOQUIMICA, GASES, SIMILARES Y CONEXOS DE LA REPUBLICA MEXICANA.
2.-SINDICATO INDUSTRIAL DE OBREROS Y OBRERAS DE LA INDUSTRIA TEXTIL, ANEXAS Y CONEXAS DE LA REPUBLICA MEXICANA.
3.-SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA AZUCARERA Y SIMILARES DE LA REPUBLICA MEXICANA.
Sindicatos de trabajadores de jurisdicción Local:
1)SINDICATO DE MOLINEROS DEL DISTRITO FEDERAL.
2)SINDICATO DE OBREROS ESTIBADORES, CARRETILLEROS, ALIJADORES, CARGADORES, CHECADORES AMARRADORES Y DESAMARRADORES DE BUQUES DE PUERTO MADERO, CHIAPAS.
3)SINDICATO DE OBREROS Y CAMPESINOS DEL INGENIO "CONSTANCIA" (VERACRUZ).
González Noriega josajandi Soledad
ResponderEliminarSindicatos Federales:
Sindicato Federal de Correos y Telégrafos
Sindicato Federal Ferroviario
Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social
Sindicatos Locales:
Sindicato de Obreros y Empleados de la Industria del Metal
Sindicato De Trabajadores De La Industria Del Transporte De Mexico
Sindicato Único de Trabajadores del Gobierno del Distrito Federal
Sindicatos de Patrones.
Cámara Nacional de la Industria de Restaurantes y Alimentos Condimentado
Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo
Sindicato Único de Patrones Publicistas de México
González Noriega Josajandi Soledad
ResponderEliminarRegistro No. 163547
Localización:
Novena Época
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
XXXII, Octubre de 2010
Página: 3178
Tesis: I.5o.T.235 L
Tesis Aislada
Materia(s): laboral
SINDICATOS. LA NULIDAD DEL PROCESO DE ELECCIÓN DE SU MESA DIRECTIVA CONSTITUYE UN ACTO DECLARATIVO, SIN EMBARGO, POR LA RELEVANCIA Y TRASCENDENCIA DE LOS ACTOS DE LA REPRESENTACIÓN SINDICAL FRENTE A SUS AGREMIADOS Y A TERCEROS, PROCEDE CONCEDER LA SUSPENSIÓN DE AQUÉLLA.
González Noriega Josajandi Soledad
ResponderEliminarLa declaración de nulidad del proceso de elección de la mesa directiva de un sindicato constituye un acto declarativo que conlleva un principio de ejecución, toda vez que no se agota con su emisión, ya que genera consecuencias jurídicas, precisamente por la relevancia y trascendencia que tiene la representación del sindicato frente a sus agremiados y terceros que recae en la mesa directiva, a saber: 1) la administración del patrimonio sindical, 2) la defensa de sus asociados y 3) la suerte de los intereses sindicales. En este sentido, la autoridad competente al decretar la referida nulidad del proceso electoral sindical, se constriñe, en principio, a realizar un acto declarativo sobre el ejercicio autónomo del derecho de asociación, el cual, intrínsecamente considerado, tiene un carácter enunciativo; sin embargo, de él derivan las consecuencias o efectos de ejecución, precisamente, por la relevancia y trascendencia que trae aparejada la representación sindical; en consecuencia procede conceder la suspensión del referido acto.
QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
sindicatos federales:
ResponderEliminar1- Federacion de sindicatos de trabajadores al servicio del estado
2-Sindicato de banamex
3-Sindicato de Obreros y Empleados de Transportes, Comunicación y Similares de la República Mexicana
Sindicatos locales:
1-Sindicato Único de Trabajadores del Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del estado de Baja California Sur -
2-Sindicato Único de Trabajadores del Gobierno del Distrito Federal
3-Sindicato Metropolitano de Trabajadores del Sistema Metro
sindicatos patronales:
1-Federación Nacional de Sindicatos Universitarios. FNSU
2-Federación Nacional de Sindicatos Bancarios
3-Federación de Sindicatos de Empresas de Bienes y Servicios FESEBES
NESTOR LUIS LEMUS SANCHEZ: La LFT en su art. 356 define al sindicato como la asociación de trabajadores o patrones, constituida para el estudio, mejoramiento y defensa de sus respecivos intereses.
ResponderEliminarJURISDICCIÓN FEDERAL:
a) Sindicato de Trabajadores Ferrocarrileros dela República Mexicana.
b) Sindicato nacional de la industia papelera , cartonera, maderera, celulosas, sus materia primas, similares y conexos de la R.M.- (C.T.M.)
c) Sindicato de la Tabacalera Mexicana.
SINDICATOS DE PATRONES:
a) Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social.
b) Centro Empresarial de Puebla S.P. COPARMEX Puebla
c) Sindicato Único de Patrones Publicistas de México.
JURISDICCIÓN LOCAL:
a) Sindicato Único de Trabajadores de la Música del D.F.
b) Sindicato de molineros del distrito federal.
c) Sindicato Metropolitano de Trabajadores del Sistema Metro.
SINDICATOS DE COMPETENCIA FEDERAL
ResponderEliminar1.- Sindicato de Telefonistas de la Republica Mexicana
2.- Sindicato Nacional de Pilotos de Puerto
3.-Sindicato Nacional Cervecero
SINDICATOS DE COMPETENCIA LOCAL
1.-Sindicato Revolucionario de Trabajadores de la Industria del papel, artes gráficas, editorial e imprentas del D.F.
2.-Sindicato de Empleados y Trabajadores del Nacional Monte de Piedad.
3.-Sindicato Único de Trabajadores y Empleados de la Universidad Autónoma del Estado de México.
SINDICATOS DE PATRONES
1.-Confederación Patronal de la Republica Mexicana (COPARMEX)
2.-Cámara Nacional de la Industria de Transformación. (CANACINTRA)
3.-Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo.(CONCANACO)
Sindicatos de trabajadores de Jurisdicción Federal:
ResponderEliminar1)SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA QUIMICA, PETROQUIMICA, CARBOQUIMICA, GASES, SIMILARES Y CONEXOS DE LA REPUBLICA MEXICANA.
2)SINDICATO INDUSTRIAL DE OBREROS Y OBRERAS DE LA INDUSTRIA TEXTIL, ANEXAS Y CONEXAS DE LA REPUBLICA MEXICANA.
3)SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA AZUCARERA Y SIMILARES DE LA REPUBLICA MEXICANA.
Sindicatos de trabajadores de jurisdicción Local:
1)SINDICATO DE MOLINEROS DEL DISTRITO FEDERAL.
2)SINDICATO DE OBREROS ESTIBADORES, CARRETILLEROS, ALIJADORES, CARGADORES, CHECADORES AMARRADORES Y DESAMARRADORES DE BUQUES DE PUERTO MADERO, CHIAPAS.
3)SINDICATO DE OBREROS Y CAMPESINOS DEL INGENIO "CONSTANCIA" (VERACRUZ).
Sindicatos de patrones:
1)UNION DE PATRONES PRACTICOS DE COSTA, MARINEROS, MOTORISTAS, FOGONEROS Y PESCADORES DEL PUERTO DE ENSENADA, C.R.O.M.
javier sanchez rosendo
ResponderEliminarJURISDICCIÓN FEDERAL:
-Sindicato de Trabajadores Ferrocarrileros dela República Mexicana.
-Sindicato Nacional de las Casas Distribuidoras de Petróleo.
-Sindicato de la Tabacalera Mexicana.
JURISDICCIÓN LOCAL:
-Sindicato Único de Trabajadores de la Música del D.F.
-Sindicato Único de Trabajadores de la Industria Nuclear.
-Sindicato de Trabajadores de la Construcción.
SINDICATOS DE PATRONES:
-Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social.
-Sindicato Nacional de Trabajadores de Transporte Colectivo Metro.
-Sindicato Independiente de Trabajadores de la Volkswagen.